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El tren Alvia siniestrado en Adamuz. Efe Adamuz: Vox, Manos Limpias y Hazte Oír serán acusación, pero no los ayuntamientos donde vivían las víctimasLa jueza acepta hasta siete colectivos en la causa, pero rechaza la personación de los consistorios de Punta Umbría y Huelva porque la ley veta a las instituciones
Melchor Sáiz-Pardo y Mateo Balín
Viernes, 27 de marzo 2026, 11:03 | Actualizado 11:17h.
accidente ferroviario de Adamuz el pasado 18 de enero- que costó la vida a 46 ... personas y provocó decenas de heridos-, contará con acusaciones populares. La titular de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Montoro, Cristina Pastor Recover, ha admitido como partes en las diligencias previas 36/2026 —instruidas como pieza separada y que investigan presuntos delitos de «homicidio imprudente»— a tres de las organizaciones más activas en los procesos judiciales: Manos Limpias, Vox y HazteOir.org. A ellas suma, en esta ocasión, al Sindicato Español de Maquinistas y Ayudantes Ferroviarios (Semaf), la asociación «Víctima de los Políticos» y el colectivo Liberum. impactó contra el Iryo, descarrilado segundos antes.La magistrada recuerda la consolidada jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, que ya ha establecido que el concepto constitucional de «ciudadanos» atañe «en exclusiva a personas privadas, sean físicas o jurídicas», pero que ello «no permite la asimilación de dicho concepto a la condición propia de la Administración pública y, más concretamente, de los órganos de poder de la comunidad política».
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En el auto se transcriben pasajes íntegros de sentencias del Alto Tribunal, recordando que «no hay habilitación legislativa general para que las personas jurídicas públicas ejerzan la acción popular». Según expone la instructora, haciéndose eco de la doctrina del Supremo, admitir a entidades públicas generaría una disfunción evidente, ya que «el acusado debería defenderse frente a dos entidades públicas, el Ministerio Fiscal y la persona jurídica pública, que no son ofendidas por el delito y defienden intereses similares». Llegar a un escenario como este —advierte la jurisprudencia— implicaría generar una insólita y peligrosa «acción pública alternativa».
«Verdaderamente insostenibles»
Por ello, la jueza concluye tajante que «un ente público territorial no puede ejercer una acción popular», y añade que pretender lo contrario conduciría a situaciones procesales «verdaderamente insostenibles», en las que la Administración estaría «participando, con la máscara de simple ciudadano, en el ejercicio de funciones que no le corresponden […] como es la persecución penal de los delitos atribuida al Ministerio Fiscal, en representación de toda la sociedad».
Asimismo, la jueza andaluza ha denegado la personación del «Partido Político Iustitia Europa», al apreciar una «falta de cumplimiento de requisitos formales», concretada en la ausencia de autorización o acuerdo del órgano correspondiente para el ejercicio de la acción penal como acusación popular en este procedimiento. Tampoco admite al Sindicato Alternativa Ferroviaria (Alferro), que inicialmente solicitó la medida, pero que, con posterioridad, el pasado 17 de marzo, pidió formalmente «su baja en la pieza de acusaciones populares […] por las razones expuestas en su escrito», pasando a tramitar de forma simultánea su propia personación como acusación particular en la causa.
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