El empresario y comisionista Víctor de Aldama ha sido condenado a 4,5 años, pero no entrará en prisión por colaborar activamente con la Justicia.
Tribunales Caso Mascarillas Así recompensa el TS la "plena y continua cooperación" de Aldama: no pisará la cárcel y hará un año de trabajo socialEl empresario y comisionista ha sido condenado a 4,5 años por pertenencia a organización criminal y varios delitos de cohecho.
No ingresará en prisión siempre que no delinca en los próximos 5 años. También se le imponen varias multas económicas.
Más información: El Supremo condena a Ábalos a 24 años de prisión por liderar un grupo criminal, a 19 años a Koldo y libra a Aldama de la cárcel
David G. Maciejewski Publicada 22 junio 2026 18:47h Las clavesLas claves Generado con IA
Mientras Pedro Sánchez comparecía para anunciar el impacto del Plan de Recuperación y se mostraba ajeno a la realidad judicial que afecta a su partido, José Luis Ábalosy Koldo Garcíaaún se recuperaban del duro revés de la sentencia del caso Mascarillas: 24 y 19 años de cárcel, respectivamente.
El mejor parado ha sido Víctor de Aldama, al que le han caído 4 años y 6 meses pero no entrará en prisión.
Se suspende en su caso la ejecución de penas privativas de libertad "durante un plazo de cinco años,condicionado a que no delinca" y "comparezca semestralmente [...] para informar de sus actividades laborales, mercantiles o empresariales".
Esta suspensión de la pena también está sujeta a que "realice trabajos en beneficio de la comunidad durante 1 año".
Se le imponen, a su vez, varias multas económicas que suman 72.000 euros y se le condena a pagar "cinco veintiunavas partes" de los gastos del proceso judicial.
El Supremo condena a Ábalos a 24 años de prisión por liderar un grupo criminal, a 19 años a Koldo y libra a Aldama de la cárcel por ayudar a la JusticiaEl Tribunal Supremo deja constancia que desde el principio Aldama mostró una actitud proactiva y "decidió colaborar en la investigación, proporcionando datos fácticos relevantes a la misma", lo que ha supuesto una "cooperación plena y continua" que "el Estado de derecho debe premiar".
Se le aplica, por tanto, una rebaja sustancial como colaborador activo de la Justicia.
Es lo que se conoce como una circunstancia "atenuante analógica muy cualificada de confesión y colaboración activa" justificada en la aportación de pruebas clave.
Sin embargo, la sentencia, dictada por la Sala Segunda del TS, no exime de responsabilidad al empresario y comisionista.
Última hora política, en directo | El Supremo condena a prisión a Ábalos y Koldo: Feijóo exige la dimisión de Pedro SánchezDe hecho, reconoce que Aldama "no sólo ha admitido plenamente su participación en hechos de suma gravedad relacionados con una corrupción orgánica, organizada y continuada desde las más altas instancias del poder político, sino que, en ningún momento ha buscado su autoexculpación".
Al margen de los atenuantes, a Aldama se le condena por pertenencia a organización criminal y por cuatro delitos de cohecho y se le absuelve de inducción de la prevaricación, de aprovechamiento de información privilegiada y falsedad documental.
Organización criminal
El TS considera probado que Aldama, Ábalos y Koldo formaron una estructura estable y coordinada con un reparto de roles muy preciso para lucrarse ilícitamente a costa de la Administración Pública.
En esta organización, José Luis Ábalos aportaba su poder e influencia como secretario de Organización del PSOE y ministro de Transportes; Koldo García ejecutaba sus órdenes como su "alter ego"; Víctor de Aldama, por su parte, era el conseguidor y financiador.
Aldama se encargaba de localizar empresas interesadas en licitaciones públicas, hacer valer sus intereses ante el Ministerio a cambio de comisiones y repartir posteriormente esos beneficios con Ábalos y Koldo.
"La organización tenía, desde su origen, una vocación de permanencia en el tiempo, como lo evidencia el hecho de que estuvo operando durante varios años y proyectando su actuación delictiva en distintas esferas", relata la sentencia.
Por ello, los jueces le imponen un año de prisión e inhabilitación especial.
Delito continuado de cohecho
Además, los magistrados, que han emitido una condena unánime, consideran que Aldama es culpable de un delito continuado de cohecho. Queda acreditado, según la sentencia, que Aldama pagó 10.000 euros mensuales a la trama desde octubre de 2019 hasta junio de 2022 para cubrir los "gastos fijos" de Ábalos.
También el alquiler de un apartamento en Torre Madrid y, posteriormente, en Plaza de España para Jésica Rodríguez, entonces amante del exministro, entre marzo de 2019 y septiembre de 2021.
Aldama, Ábalos y Koldo García este martes en el Supremo. Europa Press
Se acredita a su vez que simuló un contrato de alquiler con opción a compra de un piso en el Paseo de la Castellana, firmado de manera fiduciaria, para garantizar a Ábalos el cobro futuro de las comisiones pactadas.
Por estos tres motivos, el juez le pide 1 año y 6 meses de prisión, además de una multa de 4 meses con cuota diaria de 200 euros.
Las mascarillas: cohecho activo
Los jueces condenan a Víctor de Aldama por un delito de cohecho activo en el caso Mascarillas por el pago de comisiones millonarias a cambio de adjudicaciones públicas de material sanitario durante la pandemia.
Según el documento, Aldama utilizó sus influencias sobre la trama para que la empresa Soluciones de Gestión lograra contratos para suministrar mascarillas a Puertos del Estado y ADIF por valor de 32,5 millones. Con ello, el empresario se habría enriquecido con más de 6,6 millones.
La condena a Ábalos impone la dimisión de Sánchez como presidente y líder del PSOESin embargo, para lograr esta operación, sobornó a Ábalos con 2 millones de euros y a Koldo con 500.000. El TS sustenta esto en un Excel encontrado en el ordenador de Aldama donde figuraban los repartos para 'El Gran' (Ábalos) y 'Goblins' (Koldo).
Por ello, el tribunal le impone 1 año y 6 meses de prisión, inhabilitación especial para sufragio pasivo y una multa de ocho meses con una cuota diaria de 200 euros
Air Europa y Villa Parra
El juez también condena por un delito de cohecho activo a Aldama por haber pagado el alquiler vacacional del exministro en Marbella a cambio de favores políticos.
Aldama cobraba 12.100 euros mensuales como asesor de Air Europa. Ante la crisis de la aerolínea, recurrió a Ábalos y Koldo para agilizar un rescate. A cambio de estas gestiones, Aldama financió el alquiler de un lujoso chalé en Marbella, Villa Parra, donde la familia de Ábalos pasó sus vacaciones en agosto de 2020.
Ábalos en los espejos del Callejón del Gato: el esperpento del juicio al 'caso Koldo' en la recta final con la duda de si tirará de la mantaAldama abonó 8.000 euros en efectivo para sufragar la estancia, dinero que fue aceptado como dádiva por el exministro.
Por ello, la pena es de 3 meses de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.a 3 meses de prisión.
Caso Villafuel y La Alcaidesa
Los magistrados consideran probado que Víctor de Aldama regaló el uso gratuito de otro chalé de lujo a cambio de gestiones administrativas a favor de una empresa petrolera, Villafuel S.L.
El comisionista habría intermediado para intentar conseguir una licencia de operador mayorista de hidrocarburos para este negocio.
El empresario Víctor de Aldama durante su declaración en el Tribunal Supremo. E. E.
A cambio de la influencia de Ábalos y Koldo, Aldama gestionó y proporcionó el uso gratuito de un chalé en la exclusiva urbanización de La Alcaidesa, en Cádiz, para el disfrute de Ábalos.
Aunque el tribunal les absuelve del delito de tráfico de influencias en esta operación concreta, sí condena la acción como un delito de cohecho, ya que el regalo fue recibido "en consideración a su cargo o función".
Por este último delito, Aldama suma a su condena otros 3 meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo.
Sin prisión
El Tribunal Supremo argumenta que procede suspender su entrada en prisión aplicando el artículo 80.3 del Código Penal porque ninguna de las penas individuales supera por sí sola los dos años de prisión
Al haber confesado y colaborado con la Justicia, los magistrados le rebajaron las penas hasta conseguir que los delitos más graves se quedaran en 1 año y 6 meses cada uno.
Como ninguna de esas cinco condenas rompe la barrera individual de los 2 años, la Sala le concede la suspensión de la pena, condicionada a que no vuelva a delinquir en 5 años, comparezca cada seis meses en el juzgado y realice trabajos en beneficio de la comunidad durante 1 año.
Los siete magistrados recuerdan que no se trata de "un perdón judicial" y señala que su decisión responde a que Aldama ha realizado un "esfuerzo colaborador" que debe ser "especialmente valorado [...] si realmente el Estado en su conjunto, y no sólo el Poder Judicial, pretende valerse de un mecanismo que se revela como imprescindible para luchar contra este tipo de delincuencia".