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Bullpadel gana la partida por defender su marca ante una compañía portuguesa

Bullpadel gana la partida por defender su marca ante una compañía portuguesa
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El Tribunal General de la UE da la razón a la empresa madrileña especializada en productos de pádel, número uno mundial en este deporte, y frena el registro de la marca portuguesa Blue Padel. Leer
SentenciaBullpadel gana la partida por defender su marca ante una compañía portuguesaActualizado 10 JUL. 2026 - 00:58Bullpadel patrocina a algunos de los mejores jugadores del mundo de pádel, como el argentino Fede Chingotto.

El Tribunal General de la UE da la razón a la empresa madrileña especializada en productos de pádel, número uno mundial en este deporte, y frena el registro de la marca portuguesa Blue Padel.

Punto, set y partido para Bullpadel. La marca deportiva, número uno mundial en el pádel y de la que es titular la empresa madrileña Aguirre y Cía, ha ganado una batalla clave en la disputa para proteger su denominación contra la marca Blue Padel. El registro de este distintivo fue solicitado por la emprendedora portuguesa Maria Margarida Moreira de Almeida Santos y había recibido vía libre por parte de la Oficina de Propiedad Intelectual de la UE (Euipo).

Ahora, una sentencia del Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) dictada el miércoles 8 de julio anula esa decisión y obliga a la Euipo a dictar una nueva resolución sobre el fondo del asunto.

El conflicto se remonta a noviembre de 2022, cuando la empresaria portuguesa solicitó el registro como marca de la UE del signo denominativo Blue Padel para la venta de jerséis. Cuatro meses después, Aguirre y Cía se opuso al registro amparándose en sus marcas figurativas anteriores de Bullpadel, que protegen desde 2010 una amplia gama de productos —ropa, calzado, artículos y palas de pádel— y que gozan de una notoriedad consolidada a escala global.

La Euipo rechazó inicialmente la oposición en marzo de 2024 y, tras un recurso, confirmó esa decisión en marzo de 2025. Su argumento se basaba en que no existía riesgo de confusión entre ambos signos: la Euipo consideró que la similitud gráfica y conceptual entre Bullpadel y Blue Padel era escasa, que la coincidencia fonética era limitada y que las marcas de Aguirre y Cía no habían acreditado un carácter distintivo reforzado por el uso. Es decir, que no había quedado probado que el público pudiera establecer vínculo alguno entre dichas marcas.

"La sentencia del TGUE aprecia un error en la valoración realizada por la Euipo al no ponderar correctamente la identidad y el carácter complementario de los productos distinguidos por ambas marcas, vinculados principalmente al ámbito del pádel", explica Emilia López Camba, abogada especializada en propiedad industrial del área de asesoría jurídica de Pons IP, el despacho que ha asesorado a la compañía española en el procedimiento.

Según el tribunal, el parecido entre los signos enfrentados, unido a la identidad de parte de los productos comercializados bajo una y otra marca, podía incidir en la apreciación del riesgo de confusión para el público consumidor. La letrada de Pons IP subraya que "esta resolución recuerda la importancia de proteger y vigilar activamente los derechos de marca, especialmente en el caso de signos con una presencia consolidada en el mercado como Bullpadel", dado que la entrada de marcas que puedan generar asociación o confusión puede afectar a su valor distintivo, reputacional y económico.

En particular, el TGUE respalda parte del análisis realizado por la Euipo, incluida la conclusión de que el elemento "padel" carece de carácter distintivo por ser meramente descriptivo, y ha confirmado que Bullpadel no demostró un renombre reforzado respecto a las palas. Sin embargo, sí detecta un error decisivo en un punto muy concreto: la comparación de los productos.

La sala de recurso de la Euipo consideró que todos los productos enfrentados —ropa, por un lado, y palas de pádel, por otro— presentaban una similitud "escasa". El tribunal corrige ese planteamiento: parte de los productos, señala la sentencia, son directamente idénticos, puesto que la prenda solicitada por Blue Padel queda comprendida en la categoría general de ropa que ya protege Bullpadel. Solo la comparación entre palas resultaría, en efecto, de baja similitud.

Ese matiz, aparentemente técnico, tiene consecuencias jurídicas de calado: al partir de una premisa errónea sobre la similitud de los productos, la valoración global del riesgo de confusión realizada por la Euipo queda viciada, según el TGUE, que anula la resolución sin necesidad de entrar a examinar el resto de marcas anteriores invocadas por la empresa española.

Ahora, la Euipo deberá ahora dictar una nueva decisión que corrija ese error de apreciación, lo que reabre la puerta a que la oposición de Bullpadel pueda finalmente prosperar. También deberá pronunciarse sobre las costas del procedimiento administrativo previo, a la luz de esta sentencia, que además condena a la oficina europea a asumir las costas del procedimiento judicial y a reembolsar las de Aguirre y Cía.

La marca española, que patrocina a varios de los jugadores más destacados del World Padel Tour, ha construido buena parte de su valor de marca sobre el control estricto de su propiedad industrial en un mercado, el del pádel, que vive una expansión acelerada.

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Fuente original: Leer en Expansión
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