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Café amargo por ley: el Gobierno obligará a que las máquinas lo sirvan sin azúcar y limitará los gramos a añadir

Café amargo por ley: el Gobierno obligará a que las máquinas lo sirvan sin azúcar y limitará los gramos a añadir
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La nueva normativa que prepara el Ministerio de Consumo se extiende a bibliotecas, museos, universidades, centros deportivos... y obligará a ofrecer fruta y frutos secos sin sal. Más información: David, dueño de máquinas de café en España: "Gano 45 céntimos por cada uno y me llevo más de 800 € al mes".

El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, junto a una maquina expendedora, durante una visita al Hospital Nacional de Parapléjicos. Mateo Lanzuela / Europa Press

Política Café amargo por ley: el Gobierno obligará a que las máquinas lo sirvan sin azúcar y limitará los gramos a añadir

La nueva normativa que prepara el Ministerio de Consumo se extiende a bibliotecas, museos, universidades, centros deportivos... y obligará a ofrecer fruta y frutos secos sin sal.

Más información: David, dueño de máquinas de café en España: "Gano 45 céntimos por cada uno y me llevo más de 800 € al mes".

Publicada 12 enero 2026 03:24h

Las claves nuevo Generado con IA

El Gobierno prepara un real decreto que obliga a las máquinas expendedoras y cafeterías de centros públicos a ofrecer principalmente productos saludables y limitar el azúcar en bebidas como el café.

Las máquinas de café deberán servirlo sin azúcar por defecto y, si el usuario lo añade, solo podrá poner hasta 5 gramos.

La oferta de máquinas expendedoras incluirá agua, fruta, frutos secos sin sal, bocadillos saludables y otros productos bajos en grasas, azúcares y sal; los snacks poco saludables tendrán presencia mínima y restricciones en su colocación.

El decreto también exige menús infantiles libres de ultraprocesados y adaptaciones para necesidades de salud, éticas o religiosas, sin coste adicional para el usuario.

El café con azúcar, el refresco o la bolsa de patatas fritas dejarán de ser la opción fácil en las máquinas expendedoras de los edificios públicos.

El Gobierno ultima un real decreto que obliga a cambiar de arriba abajo la oferta de cafeterías y máquinas de vending en centros públicos y sociosanitarios, y que amplía estas exigencias a espacios hasta ahora al margen, como bibliotecas, museos, universidades o centros deportivos.

Según el borrador del Real Decreto, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, el ministerio de Pablo Bustinduydará un tratamiento similar a las máquinas expendedoras que a las cafeterías y comedores colectivos.

Y es que, hasta ahora, se regulaba principalmente la oferta gastronómica para los pacientes de un hospital o alumnos de un colegio. Ahora, esa opción se deberá de vigilar también en las máquinas expendedoras.

Según el borrador de la norma, las máquinas de vendingdeberán ofrecer mayoritariamente productos saludables —agua, fruta, frutos secos sin sal— y deberán suprimir los alimentos con alto contenido en azúcares, grasas saturadas o sal.

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En lo que respecta a las famosas máquinas de bebidas calientes (café o derivados) deberán dispensar "cero gramos" como cantidad de azúcar por defecto y, sólo si el usuario decide poner azúcar a su café, podrá ponérselo. Eso sí, una cantidad limitada: 5 gramos.

En lo que respecta al resto de productos de estas máquinas, el Gobierno ha creado una lista de ocho alimentos que deben estar en las filas centrales: agua, fruta fresca, hortalizas frescas, frutos secos no fritos y con bajo contenido en sal, leche, panes integrales, bocadillos o sándwiches elaborados con vegetales, productos lácteos, pescado o carnes
magras de ave, aceite de oliva virgen y panes con al menos un 50 % de harina integral, zumos de frutas, yogures y otras leches fermentadas sin azúcares añadidos, platos a base de vegetales frescos y sopas vegetales frías.

¿Abre Consumo la posibilidad de incluir una bolsa de patatas fritas o una chocolatina con azúcar? Sí, pero con muchas limitaciones. No deberá de tener más de 200 kilocalorías; de esas, como máximo, el 35% deben proceder de la grasa y el 10% de azúcares añadidos o libres.

Y, aun así, esos productos deben de representar una oferta residual y nunca estar situados en los estantes más visibles de la máquina.

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Alimentación en colegios

Además, la norma convierte el agua gratuita (una demanda histórica de las asociaciones de consumidores) y las bebidas sin azúcar añadido en la referencia obligatoria.

Una de las novedades del real decreto es su ámbito de actuación. Gracias a llegar a más espacios, la alimentación saludable deja así de ser una exigencia circunscrita a colegios y hospitales porque se convierte en "de obligado cumplimiento" en cafeterías y cantinas de centros de trabajo públicos, instalaciones militares y de las fuerzas de seguridad, hospitales, museos, bibliotecas, universidades, centros deportivos y de mayores.

También alcanzará a centros y servicios sanitarios y sociosanitarios privados que atienden a colectivos vulnerables, como menores o mujeres víctimas de violencia de género.

En este tipo de espacios, la norma establece qué deben comprar las empresas encargadas del catering y qué deben servir.

Hasta ahora, potenciar esa alimentación saludable era una opción. Las empresas de catering, para poder obtener más puntos en los concursos públicos, introducirán en sus menús productos de temporada, pescado y fruta y verdura fresca. Ahora tendrán que hacerlo por ley.

El real decreto exige, al menos, que el 90% de las raciones de frutas y hortalizas sean frescas y de temporada, y una parte de la compra tendrá que proceder de producción ecológica y de proximidad.

En las cafeterías de centros públicos, el 70% de los platos de la carta no podrá contener ultraprocesados con alto contenido en sal, azúcar o grasas saturadas.

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Las exigencias se endurecen aún más en los menús infantiles, que deberán estar íntegramente libres de este tipo de productos y ajustarse a la dieta mediterránea, con el agua como bebida principal.

El decreto también obliga a que las comidas estén supervisadas por profesionales en nutrición y a ofrecer alternativas adaptadas a necesidades de salud, éticas o religiosas.

En este sentido, la norma especifica que esta flexibilidad en los menús por motivos éticos o religiosos contemplará, obligatoriamente, opciones 100 % vegetales (menús veganos), sin gluten, halal, sin lactosa o adaptados a otras necesidades específicas, "sin sobrecoste para el usuario (tanto en menús como en cafeterías)".

El Gobierno plantea una entrada en vigor diferida, con disposiciones transitorias y plazos amplios para facilitar la adaptación de contratas de restauración, operadores de vending y centros públicos.

El objetivo final, subraya el borrador, es reducir la obesidad y las enfermedades crónicas, combatir las desigualdades en el acceso a una alimentación saludable e impulsar la producción local y ecológica.

  1. Consumo
  2. Dieta mediterránea

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