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Política

Confirman la absolución de los 16 acusados por la muerte de seis mineros del Pozo Emilio en León en 2013

Confirman la absolución de los 16 acusados por la muerte de seis mineros del Pozo Emilio en León en 2013
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El fallo recalca que el sistema de ventilación ejecutado resultaba adecuado y que la empresa aplicó las medidas técnicas preventivas oportunas Leer

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de León ha confirmado la absolución de los 16 directivos, ingenieros y vigilantes de la empresa S.A. Hullera Vasco-Leonesa, quienes habían sido juzgados por la muerte de seis mineros y las lesiones sufridas por otros ocho trabajadores tras una emisión masiva de gas metano ocurrida el 28 de octubre de 2013 en el Pozo Emilio del Valle, en Tabliza (Santa Lucía de Gordón).

De este modo, el tribunal ha desestimado el recurso de apelación presentado por el Ministerio Fiscal y las partes adheridas contra la resolución dictada en noviembre de 2025 por el Juzgado de lo Penal número 2 de León.

La sentencia ratifica la exoneración de los acusados de los delitos contra los derechos de los trabajadores, homicidio por imprudencia grave y lesiones por imprudencia grave, y declara de oficio las costas del proceso.

Asimismo, la resolución ha liberado de los pedimientos de responsabilidad civil directa a las aseguradoras y de la subsidiaria a la compañía minera, sin perjuicio de las acciones civiles que puedan ejercer los perjudicados.

La Sala ha aceptado íntegramente los hechos probados de la primera instancia, que establecen que el suceso tuvo lugar a las 13.24 horas en la Planta 7ª Este del Macizo 7º del Grupo Benjamín debido a un fenómeno gaseodinámico o desprendimiento instantáneo imprevisible de metano en la zona del postaller.

La súbita acumulación de gas rebasó el cinco por ciento de grisú y redujo de forma inmediata los niveles de oxígeno al uno por ciento, lo que provocó el fallecimiento por anoxia oxipriva de seis operarios y lesiones de diversa consideración a otros trabajadores que acudieron a auxiliarles.

En la resolución se ha constatado que no ha quedado acreditada infracción alguna de la normativa de prevención de riesgos laborales ni de las disposiciones internas de seguridad aprobadas por la Autoridad Minera.

El fallo recalca que el sistema de ventilación ejecutado resultaba adecuado, que la empresa aplicó las medidas técnicas preventivas oportunas y que el accidente ocurrió de forma imprevisible en cuanto a su momento, magnitud y consecuencias.

Fuente original: Leer en El Mundo - España
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