Aprovechar estratégicamente el procedimiento representa una oportunidad para convertir una controversia en un marco de certidumbre estructural.
Para cualquier director financiero o responsable fiscal, la llegada de una inspección de la Agencia Tributaria (AEAT) es un evento disruptivo. Sin embargo, el actual contexto de incertidumbre normativa está forzando un cambio de paradigma. ¿Es posible que una inspección, lejos de ser solo una amenaza, se convierta en una oportunidad para ganar seguridad jurídica?
Históricamente, el gran mecanismo para obtener certeza en España ha sido la consulta vinculante ante la Dirección General de Tributos (DGT), pero este sistema muestra hoy signos de agotamiento. Las empresas se enfrentan a demoras en las contestaciones, dificultades para acceder a los técnicos y, en demasiadas ocasiones, respuestas tan genéricas que eluden las particularidades del caso concreto. A esto se suma el riesgo latente de que, años después, un inspector determine que los hechos reales no encajaban exactamente con los consultados, invalidando la protección pretendida.
Ante este escenario, los fiscalistas de Uría Menéndez sugieren un giro estratégico: utilizar el propio procedimiento de inspección como una herramienta prospectiva.
A diferencia de una consulta teórica, las actas de inspección donde se alcanza un entendimiento ofrecen ventajas competitivas en términos de seguridad. Se fundamentan en el principio de "actos propios" de la Administración y refuerzan la confianza legítima del contribuyente. Al ser un pronunciamiento expreso de la AEAT sobre hechos específicos e indiscutibles, su capacidad de vinculación es cualitativamente superior.
Miguel Cremades, abogado de Uría Menéndez, destaca que "la inspección fiscal debe plantearse, siempre que sea posible, con una mirada prospectiva: que las actas no sean solo el cierre de un pasado, sino un auténtico instrumento de certidumbre fiscal para el futuro". Esta visión transforma el acuerdo de liquidación en una especie de título sobre un criterio fiscal que, si se gestiona adecuadamente, puede proyectarse sobre ejercicios futuros no comprobados, evitando litigios recurrentes.
Donde este enfoque cobra especial relevancia es en el ámbito de precios de transferencia. En una economía internacionalizada, la AEAT ha puesto el foco en las operaciones vinculadas, convirtiéndolas en protagonistas del Plan de Control Tributario.
Tradicionalmente, las empresas han gestionado de forma fragmentada los mecanismos disponibles: los Acuerdos Previos de Valoración (APA) para prevenir riesgos, y los Procedimientos Amistosos (MAP) para resolver controversias internacionales. Sin embargo, la realidad demuestra que estos procesos no deben dividirse en compartimentos estancos.
David Vilches, también abogado de la firma, destaca la importancia de una visión integral. "La coexistencia de distintos procedimientos en materia de precios de transferencia amplía las alternativas para lograr seguridad jurídica, aunque exige un conocimiento preciso de su funcionamiento y su interacción".
Un enfoque integrado
En un grupo multinacional al que la inspección propone un ajuste en su política de precios, este ajuste genera una doble imposición que debe resolverse. En lugar de limitarse a una defensa en los tribunales, el contribuyente puede utilizar el MAP para eliminar la doble imposición presente y, simultáneamente, aprovechar que la AEAT ya ha expuesto su criterio para cerrar un APA que blinde las operaciones futuras.
La idea troncal es que la política fiscal de una multinacional no puede evaluarse de forma aislada según el procedimiento (inspección, APA o MAP), sino mediante un enfoque único que coordine las ventajas de cada uno.
La seguridad jurídica total es hoy un bien escaso. En un entorno donde las herramientas preventivas tradicionales flaquean, la inspección surge como un aliado inesperado. Bien gestionada, una controversia puntual puede dejar de ser un problema contable para convertirse en una solución estructural, duradera y, sobre todo, cierta para el contribuyente.
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