Uno de los centros de migrantes en Gjader (Albania). Reuters
Europa El abogado general de la UE avala los centros de deportación de migrantes puestos en marcha por Meloni en AlbaniaEl dictamen subraya que este tipo de centros en países extracomunitarios deben respetar plenamente los derechos y las garantías individuales de los migrantes previstos en el sistema europeo de asilo.
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Juan Sanhermelando Bruselas Publicada 23 abril 2026 11:03h Las clavesLas claves Generado con IA
Espaldarazo de la justicia europea al endurecimiento sostenido de la política migratoria que los países de la UE han venido consolidando en los últimos años, con la excepción aislada del Gobierno de Pedro Sánchez.
El abogado general del Tribunal de Justicia de Luxemburgo (TJUE), Nicholas Emilíou, ha avalado este jueves el controvertido acuerdo suscrito por el Gobierno de Giorgia Meloni con Albania -país candidato a entrar en la Unión- para externalizar centros de deportación de migrantes irregulares, que había sido cuestionado por la justicia italiana.
Eso sí, Emilíou establece una importante salvedad: la creación de este tipo de centros en países extracomunitarios exige el respeto íntegro de los derechos y las garantías individuales de los migrantes previstos en el sistema europeo de asilo.
Los 27 aprueban crear centros de deportación de migrantes fuera de la UE con la oposición en solitario de EspañaEste dictamen favorable justo cuando el Parlamento Europeo acaba de dar luz verde a un nuevo reglamento de retornos que da cobertura legal a la extensión del 'modelo Meloni' al conjunto de la UE. El Ejecutivo de Sánchez fue el único que votó en contra cuando la norma se aprobó en el Consejo en diciembre de 2025.
La opinión del abogado general no tiene carácter vinculante, aunque los jueces suelen seguir sus recomendaciones en una gran mayoría de los casos (alrededor del 80%). La sentencia definitiva se conocerá dentro de unos meses.
El acuerdo Italia-Albania, firmado el 6 de noviembre de 2023, autoriza a Italia a establecer y administrar centros de repatriación e internamiento en territorio albanés bajo jurisdicción italiana, con el objetivo de gestionar los flujos migratorios.
En este contexto, dos migrantes que habían sido internados previamente en Italia en virtud de sendas órdenes de expulsión fueron trasladados a un centro en Albania. Mientras estaban allí, solicitaron protección internacional. El caso ha terminado ante el Tribunal Supremo de Casación de Italia, que pregunta al TJUE si el 'modelo Meloni' es compatible con la ley comunitaria.
En su dictamen de este jueves, el abogado general sostiene que el protocolo Italia-Albania y la normativa italiana asociada "son compatibles con el derecho de la Unión, siempre que se respeten plenamente los derechos y las garantías individuales de los migrantes previstos en el sistema europeo de asilo".
En primer lugar, Emilíou señala que "el derecho de la Unión no impide que un Estado miembro establezca un centro de internamiento para los procedimientos de retorno fuera de su propio territorio".
"No obstante, el Estado deberá respetar todas las garantías reconocidas por la Unión Europea a los migrantes, lo que incluye el derecho a obtener asesoramiento jurídico y asistencia lingüística y a tener contacto con la familia y con las autoridades pertinentes".
"En particular, los menores y otras personas vulnerables deberán disfrutar del conjunto de garantías establecidas en el sistema de asilo, lo que incluye el derecho a los servicios sanitarios y a la educación", destaca el dictamen.
En segundo lugar, el abogado general deja claro que "la norma que permite a los solicitantes de asilo permanecer en un Estado miembro mientras se tramitan sus solicitudes no les da derecho a ser devueltos al territorio de dicho Estado miembro".
No obstante, los Estados miembros tienen que adoptar todas las medidas de carácter organizativo y logístico necesarias para garantizar que los migrantes tengan acceso a los derechos y a las garantías establecidas en el Derecho de la Unión.
Esto incluye el derecho de acceso al juez y a un procedimiento rápido de revisión judicial para evitar un internamiento indebido.