La jueza de la dana, Nuria Ruiz Tobarra, y Carlos Mazón. Diseño: Arte EE
Tribunales El CGPJ ampara a la juez de la Dana en su decisión de abrir un expediente a un letrado, pero rechaza sus críticas hacia élEl órgano de gobierno de los jueces otorga un amparo solo parcial a Nuria Ruiz Tobarra al considerar que utilizó contra el abogado González Bueno "calificativos innecesarios".
Más información: El Colegio de Abogados insta a la jueza de la dana a que cese en el "descrédito" hacia el letrado de Argüeso
María Peral Publicada 22 abril 2026 14:23h Las clavesLas claves Generado con IA
El Consejo General del Poder Judicial ha acordado otorgar un amparo parcial a la juez de Catarroja (Valencia) que instruye el caso de la Dana, Nuria Ruiz Tobarra, frente a dos acuerdos adoptados por el Colegio de Abogados de Valencia por su actuación respecto al letrado José María González Bueno.
Ruiz Tobarra se dirigió al CGPJ el pasado 5 de noviembre por considerar perturbadores para su independencia como juez los acuerdos en los que el Colegio de Abogados de Valencia amparó a González Bueno, defensor del investigado Emilio Arbueso.
El Colegio de la Abogacía valenciana (ICAV) instó a la jueza a "cesar en la actuación" que motivó el amparo al defensor. Se refería a la decisión de Ruiz Tobarra de abrir contra él una pieza separada para determinar si procedía sancionarlo por el contenido de uno de sus escritos.
En él, González Bueno incluyó el enlace a una noticia en la que aparecía una fotografía de la magistrada, su marido y su hija menor de edad en la sala de vistas tras una declaración.
Para el CGPJ, el acuerdo del ICAV "supone requerir una determinada resolución jurisdiccional: revocar la apertura [de la pieza sancionadora], decretar su cierre sin más trámite o reformar la decisión empleando otra motivación" y ello "fuera de los cauces procesales establecidos por las leyes".
El Consejo considera que esa parte del acuerdo ha podido ejercer "una presión perturbadora" sobre la jueza, que "pareciera verse avocada a recibir requerimientos similares al dictar resoluciones judiciales cuya fundamentación jurídica no sea del acuerdo o del agrado de los letrados".
En este aspecto, el CGPJ sí ampara a Ruiz Tobarra frente al acuerdo del ICAV.
Pero "cuestión diferente", señala el órgano de gobierno de los jueces, es "el uso en las resoluciones judiciales de expresiones o calificativos que pudieran considerarse innecesarios para sustentar la motivación judicial".
Ruiz Tobarra se refirió a la actuación de González Bueno con expresiones como "defensa desnortada", "defensa burda", "dislate procesal en la proposición de prueba", lo que el ICAV consideró un "claro descrédito" para el defensor.
"No puede en este caso argumentarse que el requerimiento efectuado por el ICAV a la autoridad judicial de cesar en el empleo de esos términos pueda perturbar la independencia de la magistrada", afirma el CGPJ, que no ampara a Ruiz Tobarra en este aspecto de su controversia frente a la Abogacía valenciana.