La presidenta del Tribunal Supremo y del CGPJ, María Isabel Perelló, asiste al izado solemne de bandera con motivo del XII Aniversario de la proclamación del rey Felipe VI. Zipi Efe
Tribunales El CGPJ, con voto de calidad de Perelló, abre contra Peinado la vía disciplinaria por descalificar a la PolicíaLa presidenta y los tres vocales propuestos por PSOE y Sumar aprecian que el instructor ha podido incurrir en una falta grave de desconsideración.
Los cuatro vocales propuestos por el PP afirman que " no es competencia del CGPJ" revisar la resolución judicial por vía disciplinaria.
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María Peral Publicada 22 junio 2026 10:22h Actualizada 22 junio 2026 11:12h Las clavesLas claves Generado con IA
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha acordado esta mañana ordenar al Promotor de la Acción Disciplinaria abrir diligencias informativas al juez Juan Carlos Peinado por una falta grave de desconsideración a la Policía.
Peinado habría incurrido en esa falta disciplinaria en la resolución dictada el pasado sábado por la que abrió juicio oral a la esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez.
El juez impuso a la acusada varias medidas cautelares al apreciar riesgo de fuga. Y afirmó que los escoltas de Gómez "pueden, bien por iniciativa propia o siguiendo órdenes de sus superiores jerárquicos", facilitar su huida para sustraerse de la acción de la Justicia.
En una reunión de una hora, la mayoría de la Comisión Permanente ha considerado que Peinado puede haber incurrido en la infracción prevista en el artículo 418.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Este precepto establece como falta grave “el exceso o abuso de autoridad, o falta grave de consideración respecto de los ciudadanos, instituciones, secretarios, médicos forenses o del resto del personal al servicio de la Administración de Justicia, de los miembros del Ministerio Fiscal, abogados y procuradores, graduados sociales y funcionarios de la Policía Judicial”.
La Comisión Permanente está integrada por cuatro vocales a propuesta del PP, dos a propuesta del PSOE y uno a propuesta de Sumar.
Estos tres últimos han votado a favor de iniciar acciones disciplinarias contra Peinado. A ellos se ha sumado la presidenta, que ha hecho uso del voto de calidad. Con esta prerrogativa, Perelló ha desempatado y ha impuesto la mayoría.
La Comisión ha acordado así, dividida por bloques ideológicos, “remitir copia del auto [de Peinado] de 20 de junio de 2026 al Promotor de la Acción Disciplinaria para que valore si las expresiones contenidas en el mismo en las que se sugiere que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado podrían colaborar en la fuga de una persona investigada pudieran ser constitutivas de una falta grave de desconsideración prevista en el artículo 418.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial".
Los cuatro vocales propuestos por el PP han formulado un voto discrepante en el que afirman que no procede remitir el auto al Promotor de la acción disciplinaria ni aplicar el citado artículo 418.5.
A su juicio, con las expresiones utilizadas en esa resolución "el magistrado está explicando los motivos por los que él entiende que procede su decisión de adoptar medidas cautelares"-
"Esa decisión es estrictamente jurisdiccional y revisable únicamente por la vía ordinaria de los recursos que caben contra ella, sede natural en la que puede apreciarse una eventual ausencia, insuficiencia o desacierto de la motivación".
Para estos vocales, ese juicio revisor "no es competencia del CGPJ por vía disciplinaria", de acuerdo con la doctrina del Tribunal Supremo.
"Cualquier actuación del CGPJ sobre este particular supondría inmiscuirse ilegítimamente en las competencias que únicamente corresponden a la Audiencia Provincial de Madrid en vía de recurso; afectando a los principios constitucionales de exclusividad de la jurisdicción y de independencia judicial", sostienen.