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El Consejo de Transparencia obliga al Ayuntamiento de Estepona a publicar los sueldos reales de concejales y cargos de confianza así como la declaración de bienes del alcalde

El Consejo de Transparencia obliga al Ayuntamiento de Estepona a publicar los sueldos reales de concejales y cargos de confianza así como la declaración de bienes del alcalde
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La denuncia la realizó el Grupo Municipal Socialista ante la ausencia de respuestas en varios plenos el año pasado

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El alcalde de Estepona, José María García Urbano, y al fondo el ayuntamiento de la ciudad, en una imagen de sus perfiles sociales. SUR. El Consejo de Transparencia obliga al Ayuntamiento de Estepona a publicar los sueldos reales de concejales y cargos de confianza así como la declaración de bienes del alcalde

La denuncia la realizó el Grupo Municipal Socialista ante la ausencia de respuestas en varios plenos el año pasado

Emma Pérez-Romera

Estepona

Martes, 3 de marzo 2026, 16:58

... Socialista contra el Ayuntamiento de Estepona por incumplimiento de las obligaciones de publicidad activa.

Así, la resolución PA-017/2026, dictada el 26 de febrero de 2026 dentro del expediente PA-2025/0087, concluye que «el Ayuntamiento no publicó correctamente las cantidades realmente percibidas en 2024 por los miembros de la Corporación, ni mantuvo completa y actualizada la información relativa al personal eventual y sus salarios, incumpliendo así la Ley 1/2014 de Transparencia Pública de Andalucía y la Ley 19/2013 estatal».

Declaración de bienes del alcalde

De hecho, a día de hoy, en el Portal de Transparencia municipal tampoco se encuentra publicada esta información ni tampoco las declaraciones de bienes de los concejales de la Corporación Municipal ni tampoco del alcalde, José María García Urbano.

En este sentido, Gázquez apunta lo siguiente. «No basta con publicar acuerdos plenarios o tablas retributivas genéricas sino que deben hacerse públicas las cantidades efectivamente percibidas de forma anual, clara y verificable. Y esa información no está disponible en los términos exigidos por la normativa», relata Inés Gázquez.

La ley indica que, para hacer efectiva la publicación de todos los documentos en base a la ley de Transparencia, «la Alcaldía ostenta la responsabilidad política y el secretario o secretaria la responsabilidad técnico-legal, delegando el trabajo operativo en las áreas correspondientes».

«Desde el Grupo Municipal Socialista consideramos muy grave que haya tenido que intervenir el Consejo de Transparencia de Andalucía para que el equipo de Gobierno de Estepona cumpla con una obligación legal tan básica. Porque la transparencia no es opcional ni depende de la presión de la oposición: es un mandato legal y un principio democrático esencial», manifiesta la concejala socialista.

Dicha resolución requiere al Ayuntamiento de Estepona que publique correctamente esta información en el plazo de un mes desde la notificación, debiendo además acreditar ante el propio Consejo el cumplimiento del requerimiento.

Ley de Transparencia

Los alcaldes y concejales de todos los ayuntamientos españoles están obligados a presentar y hacer públicas sus declaraciones de bienes y actividades, en cumplimiento tanto de la normativa de régimen local como de las obligaciones de transparencia que rigen para todas las administraciones públicas.

Esta obligación de declarar no nace exclusivamente de la Ley 19/2013, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, sino que tiene su base específica en la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, que establece que todos los miembros de las corporaciones locales deben formular declaración sobre bienes patrimoniales, posibles causas de incompatibilidad y actividades que les proporcionen ingresos.

En el caso del Ayuntamiento de Estepona, no se recoge nada de esto desde, al menos, 2024 y la normativa establece que en el caso de que un ayuntamiento no cumpla con esta obligación cualquier ciudadano, no sólo un grupo político, podrá solicitar formalmente la información mediante el procedimiento de acceso a la información pública y presentar reclamación ante el órgano de control competente, estatal o autonómico, si la solicitud es denegada o no contestada en plazo.

El objetivo del cumplimiento de estas leyes es garantizar el control público sobre posibles conflictos de interés y prevenir el enriquecimiento injustificado de quienes ejercen responsabilidades políticas.

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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