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Política

El ex fiscal general recurre en amparo al Constitucional por presunta vulneración de la presunción de inocencia

El ex fiscal general recurre en amparo al Constitucional por presunta vulneración de la presunción de inocencia
Artículo Completo 744 palabras
Álvaro García Ortiz considera que se ha vulnerado su derecho a la libertad de expresión, a la tutela judicial efectiva y a la presunción de inocencia y el derecho de no declarar contra uno mismo, entre otros Leer

El ex fiscal general del Estado Álvaro García Ortiz ha recurrido este lunes en amparo ante el Tribunal Constitucional por presunta vulneración de derechos fundamentales. El fiscal fue condenado por el Tribunal Supremo por un delito de revelación de secretos cometido con la filtración de datos reservados de la pareja de Isabel Díaz Ayuso, el empresario Alberto González Amador.

En la demanda de amparo, a la que ha tenido acceso EL MUNDO, García Ortiz considera que se ha vulnerado su derecho a la libertad de expresión, a la tutela judicial efectiva y a la presunción de inocencia y el derecho de no declarar contra uno mismo, entre otros.

El amparo, firmado por el abogado del Estado jefe, sostiene que "la sentencia de la mayoría ha pasado de una sospecha sobre personas del entorno a una atribución de autoría o aceptación consciente al acusado sin prueba directa y mediante una inferencia que es claramente indeterminada" en referencia a la condena.

El recurso sostiene que el Alto Tribunal no ha tenido en cuenta "las pruebas de descargo por la interpretación que hace del secreto profesional, a no valorar el ámbito de la libertad de expresión del cargo público en función de las circunstancias del caso, a la indeterminación de la acusación, a la extralimitación en la práctica de la entrada y registro, a considerar el borrado como una prueba autónoma de autoinculpación, a extender el tipo más allá de los previsto por el legislador todo ello determina que la sentencia produce una completa lesión del artículo 24 de la Constitución que hace su racionamiento condenatorio irracional y arbitrario".

El ex fiscal general fue condenado tanto por la filtración de un correo electrónico a la Cadena Ser donde el abogado de la pareja de Ayuso admitía la comisión de dos delitos fiscales como por la emisión de una nota de prensa con los pormenores del pacto de conformidad que González Amador estaba negociando con la Fiscalía de Delitos Económicos de Madrid.

Sobre la nota, el amparo indica que "aisladamente considerada, no contiene información indebidamente revelada, porque toda la información que contiene la misma había resultado revelada antes de su publicación, por lo que las informaciones ya no eran secretas: ni el expediente tributario, ni la denuncia, ni el reconocimiento de hechos, ni el correo del 02/02/2024; todo ello había sido previamente difundido".

El pasado 20 de noviembre, la Sala de Penal adelantó el fallo condenatorio de García Ortiz. Los magistrados lo consideraron autor de una revelación de datos reservados del artículo 417.1 del Código Penal. El tribunal le impuso una pena una multa de 7.200 euros y la inhabilitación especial para el cargo de fiscal general del Estado por tiempo de dos años. Además, la Sala, como responsabilidad civil, le obligó a pagar una indemnización al empresario Alberto González Amador de 10.000 euros por daños morales.

En contraposición, en el amparo, la Abogacía del Estado sostiene que "la sentencia no describe un daño relevante al servicio público ni una lesión penalmente suficiente. La nota no implicó un juicio anticipado de culpabilidad por parte de la Fiscalía, sino una exposición factual, y que expresiones como delincuente confeso o defraudador confeso no fueron usadas por el FGE en la nota, sino por terceros en el debate público. Existía una finalidad institucional legítima: desmentir informaciones confusas, contradictorias y tergiversadas y defender la actuación de la Fiscalía y de los fiscales intervinientes en un asunto de gran interés público, desmintiendo las graves acusaciones que públicamente se habían vertido contra ella".

El recurso también ataca la supuesta falta de proporcionalidad en la que incurrió el juez del Supremo cuando ordenó la entrada y registro en el despacho oficial del fiscal general: "El sacrificio de derechos e intereses provocado por la medida (privacidad del titular del cargo, confidencialidad de datos de terceros, potencial afectación a intereses estatales esenciales), era desproporcionadamente superior al beneficio esperado (esclarecer una posible filtración ya casi desmentida por los hechos). Esto infringe manifiestamente el principio de proporcionalidad".

En consecuencia, los servicios jurídicos del Estado solicitan al Constitucional que anule la sentencia condenatoria del Alto Tribunal.

Fuente original: Leer en El Mundo - España
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