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Lilly Cassirer dio como perdido su cuadro de Camille Pissarro tras escapar de la Alemania nazi durante la guerra. Una pintura que al final compró el barón Thyssen-Bornemisza en los años 70 y ahora es el centro de una batalla legal entre los Cassirer y el museo madrileño.
Cuando Lilly Cassirer entregó las llaves de su vida en Alemania a cambio de un pasaporte, no podía imaginar que estaba sellando el inicio de uno de los litigios sobre arte expoliado más largos de la historia. Corría el año 1939 cuando los nazis adquirieron su Camille Pissarro, Rue Saint-Honoré por la tarde. Efecto de lluvia, por un precio irrisorio como condición para permitir que escapase del país. Hoy el lienzo cuelga en las salas del Museo Nacional Thyssen-Bornemisza de Madrid y está valorado en más de 30 millones de euros, mientras los tribunales de Estados Unidos continúan decidiendo quién es su legítimo dueño.
La pintura, firmada por el impresionista francés en 1897, había sido adquirida de forma legítima por la familia judía Cassirer antes de la persecución nazi. Un tribunal estadounidense reconoció en 1954 que Lilly Cassirer seguía siendo su propietaria. Creyéndolo perdido o destruido, ella aceptó en 1958 una compensación de 120.000 marcos alemanes por parte de la República Federal de Alemania, aunque la Justicia de Estados Unidos determinó después que ese acuerdo no implicaba la renuncia al cuadro si algún día aparecía de nuevo.
El Pissarro adquirido originalmente por la familia Cassirer.Y apareció. En 1976, el barón Hans Heinrich Thyssen-Bornemisza lo compró en una galería neoyorquina y, en 1993 lo vendió, junto al resto de su colección, a la Fundación Thyssen. Fue el propio Claude Cassirer, nieto de Lilly, quien descubrió el cuadro colgado en el museo madrileño en 1999. Seis años después, en 2005, comenzó el litigio que su descendiente, David Cassirer, mantiene abierto en la actualidad.
Lejos de resolverse en una sola instancia, el pleito se ha convertido en una batalla jurídica que depende esencialmente de una pregunta: ¿debe aplicarse la ley española o la californiana? El Código Civil español recoge en su artículo 1955 la prescripción adquisitiva o usucapión, que otorgaría la propiedad a la Fundación Thyssen salvo que se demuestre que esta sabía, o debería haber sabido, que la obra procedía del expolio nazi cuando la adquirió en 1993. En cambio, el derecho de California no admite la usucapión sobre bienes robados, lo que devolvería de inmediato el cuadro a los Cassirer.
La Corte de Apelaciones del Noveno Circuito de Estados Unidos resolvió en julio de 2017 que debía examinarse, bajo derecho español, si la Fundación conocía o debía conocer el origen expoliado del cuadro en el momento de la compra. Tanto la petición de reconsideración formulada por la Fundación Thyssen como su posterior recurso ante el Tribunal Supremo estadounidense fueron rechazados, de modo que el caso volvió al juez de distrito.
El Reino de España se personó como tercer interesado en apoyo del museo y presentó un informe al que se opusieron tanto los Cassirer como la Comunidad Judía de Madrid y la Federación de Comunidades Judías de España, representadas por el despacho español B. Cremades y Asociados. Ambas entidades se personaron en el procedimiento en apoyo de la familia Cassirer.
Fotografía del cuadro en el salón de la casa de Lilly Cassirer en Múnich, antes de la Segunda Guerra Mundial.En abril de 2019, el juez de primera instancia criticó a la Fundación Thyssen y a España por incumplir algunos principios internacionales en materia de restitución de obras de arte saqueadas, pero admitió que el derecho español sobre usucapión permitía a la Fundación conservar la propiedad, al no quedar probado su conocimiento del origen ilícito. En 2022 se produjo un giro decisivo, cuando el Supremo de Estados Unidos determinó que debía aplicarse la norma de conflicto de leyes de California -y no la federal, como había ocurrido hasta entonces- para decidir si correspondía el derecho español o el californiano.
Pese a ello, en el año 2024 la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito volvió a fallar a favor de la Fundación aplicando el derecho español. Los Cassirer recurrieron de nuevo, amparándose esta vez en una ley californiana recién aprobada, la Assembly Bill 2867, que obligaba a aplicar la legislación estatal en casos de recuperación de arte robado durante el Holocausto nazi.
El 10 de marzo de 2025, el Supremo anuló por unanimidad esta sentencia y devolvió el caso al tribunal de primera instancia. Mientras la resolución del caso sigue pendiente, en el pasado mes de abril Donald Trump promulgó una extensión de una ley que califica el expolio de arte perpetrado por el régimen nazi como violación del derecho internacional a efectos de la Ley de Inmunidad Soberana Extranjera.
Además, "esta normativa elimina la defensa de la prescripción adquisitiva en los casos relacionados con obras de arte saqueadas por los nazis, que había sido la principal defensa de la Fundación Thyssen para conservar la posesión del cuadro", explica Bernardo M. Cremades Jr., socio de B. Cremades y Asociados.
Con esta nueva norma sobre la mesa, el juez de distrito ha fijado una vista para el 24 de agosto de 2026 en la que deberá resolver finalmente qué derecho rige el destino del Pissarro. Su decisión podría llegar antes de que finalice este año, mientras que los hipotéticos recursos podrían alargar el procedimiento durante dos años más. Sea como sea, casi 90 años después, el retorno del cuadro a la familia Cassirer parece más cerca que nunca.
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