El exportavoz de Unidas Podemos Pablo Echenique. Efe
Tribunales El reproche a los políticos del tribunal que absuelve a Echenique: "Prolifera el insulto en un entorno polarizado y soez"La sentencia considera que el ataque a los sacerdotes del exportavoz de Unidas Podemos "es el paradigma de lo que no debe hacerse por los actores políticos".
Más información: Echenique, absuelto: su tuit "irónico" que instó a deportar sacerdotes por ser pederastas no incita al odio
Javier Corbacho Publicada 18 abril 2026 02:47h Las clavesLas claves Generado con IA
En la penúltima de sus 12 páginas, casi escondido, la sentencia que absuelve a Pablo Echenique de un delito de odio incluye un recado, enviado por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid a la clase política y a los medios de comunicación.
Una vez analizado el tuit por el que Echenique fue a juicio, en el que instaba a deportar a sacerdotes, y tras concluir que no era delictivo, el tribunal opta por "sacar a relucir la degradación dialéctica que impregna una parte del debate político actual".
"Prolifera la recriminación feroz, la descalificación sistemática y el insulto", reprocha la Sección Primera, presidida por la magistrada Adela Viñuelas.
"A nadie se le escapa que en la actualidad nos encontramos en un entorno mediático convulso, polarizado y soez que afecta más a la educación de la gente que al Código Penal", señala la sentencia.
A renglón seguido, sólo desde la perspectiva "ética o moral", la resolución afea a Echenique su tuit sobre los sacerdotes, aunque el tribunal admite que no llega a merecer un "reproche penal".
Ahora bien, la Audiencia sí considera que "es el paradigma de lo que no debe hacerse por los actores políticos, mediáticos o de otros profesionales que tienen relevancia pública". "Al fin y al cabo, sus comentarios calan en una sociedad, y lo hacen de forma negativa", advierten los jueces.
Quien ha redactado, como ponente, esta sentencia es el magistrado Francisco Manuel Oliver Egea, que junto a Viñuelas y a la también jueza María Luz Jiménez Zafrilla, formó el tribunal de la Audiencia Provincial de Madrid que juzgó a Echenique por su tuit.
Podemos difunde la foto de un discapacitado, dice que agredió a su líder en CyL y Echenique lo llama "basura humana"¿Qué escribió el exdiputado en Twitter para acabar en el banquillo de los acusados? El siguiente mensaje: "Estadísticamente, es mucho más probable que un sacerdote cometa un delito de agresión sexual contra menores de edad que delinca una persona migrante".
"Desde el punto de vista de la seguridad ciudadana, sería más eficaz deportar sacerdotes que endurecer la política migratoria", finalizaba su tuit.
Aquella publicación provocó que la Fundación Abogados Cristianos lo denunciase y solicitase para él un año de cárcel, que, en todo caso, de haber resultado condenado, no hubiese cumplido.
Ahora bien, el juicio sí se celebró y el acusado declaró. Defendió que su tuit constituía una comparación "absurda" e "irónica" con los discursos contrarios a la inmigración. La Fiscalía solicitó la absolución del expolítico, como ha acabado sucediendo.
En su sentencia, fechada el pasado 13 de abril, la Audiencia de Madrid, no obstante, sí califica de "desacertadas" e "impropias de alguien con responsabilidad política o de alcance mediático" esas palabras.
"Pero en ningún caso merecen una respuesta penal", zanjan los magistrados, que concluyen que Echenique no tenía la intención de incitar al odio o a la violencia contra los sacerdotes o contra los católicos.
De hecho, como subrayó el propio acusado, su tuit fue una respuesta a unas declaraciones del arzobispo de Oviedo, que alertaba de los peligros de la inmigración masiva.
Pese al fallo absolutorio, la Audiencia Provincial sí ha querido recoger en su sentencia este recado a políticos, tertulianos y demás participantes en la esfera pública.
La sentencia también incluye otros detalles interesantes. Recuerda que, durante el juicio, celebrado el pasado 27 de marzo, Echenique, pese a confesarse ateo, mostró su "profundo respeto por la institución de la Iglesia" y por la "gran obra social" que realizan colectivos como Cáritas.
La Audiencia madrileña recuerda que, en efecto, "la obra social que hace la Iglesia no es sólo importante, sino esencial en una sociedad".
"Llega a sitios, personas y colectivos a los que no llegan las instituciones del Estado. Es por ello, por lo que esta Sala da veracidad a lo manifestado por el acusado en su declaración, siendo justo reconocérselo", expresa la sentencia.
La resolución recuerda, no obstante, que los sacerdotes no son un colectivo vulnerable o merecedor de especial protección. Al menos, en España.
Sí pueden serlo "en otros países, con una cultura distinta y discriminatoria", donde "dicho colectivo es perseguido, humillado o ultrajado y sus vidas pueden correr cierto peligro".
No obstante, salvo algún "episodio aislado de hostilidad hacia miembros de la Iglesia católica", en nuestro país no se da tal situación.
En esta ocasión, con la absolución de Echenique, todos los miembros de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid han estado de acuerdo.
No sucedió lo mismo tras otro juicio mediático a raíz de otro acto polémico y que también afectaba a la Iglesia.
En enero de 2020, la Sección Primera absolvió al artista gallego que roció con pintura roja la tumba de Franco en el Valle de los Caídos.
En aquella ocasión, Oliver Egea, ponente de la sentencia que absuelve a Echenique, discrepó y defendió una condena para el acusado, Enrique Tenreiro.
En su voto particular, el magistrado concluyó que la intención del artista fue la de "ofender tanto a la memoria del difunto Francisco Franco como la de los sentimientos religiosos de las personas allí presentes".
"La libertad de expresión no puede amparar, en ningún caso, actos como los realizados por el acusado", expresó el juez acerca de la performance en la que Tenreiro pintó, con pintura roja lavable, una paloma de la paz sobre la lápida del dictador.