El Tribunal Supremo ha dictado un decreto en el que fija en un total de 39.009,48 euros las costas por el procedimiento que concluyó con la condena del entonces fiscal general Álvaro García Ortiz. La letrada de la Administración de Justicia estima así parcialmente la impugnación por indebidas de la tasación de costas, que la defensa de Alberto González Amador había fijado en 79.942,70 euros.
La impugnación de esta cantidad se realizó por parte de la Abogacía del Estado en nombre de García Ortiz y por la Fiscalía, que en esta causa ha actuado como defensa. Las consideraron tanto por "indebidas" como "excesivas", las dos posibilidades que ofrece la ley.
La estimación parcial de la impugnación por "indebidas" -con la consiguiente reducción del importe tanto de la minuta del abogado como del procurador- se debe en parte a la exclusión de las costas correspondientes a 21 recursos presentados en el Supremo, que el letrado de González Amador impugnó. Según la letrada del TS, la minuta por esas impugnaciones solo podría exigirse de haber mediado mala fe o temeridad en esos recursos, algo que no sucedió.
El decreto, que se puede recurrir ante la Sala del TS, también rebaja el plus en la cuantía que se autoriza cuando el procedimiento se desarrolla en el Supremo. La defensa aplicó el 60% de subida, que es el máximo legal, pero la letrada lo deja en el 40%.
Otras peticiones de reducción de la cuantía no son aceptadas. Por ejemplo, García Ortiz quería abonar únicamente las tasas generadas a partir del momento de su imputación. Eso suponía dejar fuera todo lo sucedido en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que actuó contra dos de sus subordinados, finalmente exonerados.
En cuanto a si las cantidades son además "excesivas", el decreto acuerda remitir las actuaciones al Consejo General de la Abogacía Española para que se emita un informe preceptivo, aunque no vinculante.
La Abogacía y la Fiscalía se habían opuesto a que fuera el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid el que informara sobre la corrección o no de las cantidades exigidas, ya que el Icam ejerció la acusación contra el fiscal general. La respuesta de la letrada es que no cabe "dudar de la imparcialidad" del Icam, pero que dado lo excepcional del caso propcede hacer ese encargo al Consejo General de la Abogacía, para que lo gestione como estime adecuado.
Con lo que se determine sobre si las cantidades son o no excesivas se fijará definitivamente la cantidad que García Ortiz debe abonar en concepto de costas, una cifra al margen de la indemnización a la pareja de Isabel Díaz Ayuso que se fijó en la condena.