- ANDRÉS STUMPF Bruselas
- DAVID CASALS Barcelona
La justicia europea considera que la medida no afectó a los intereses económicos comunitarios ni a la directiva europea sobre el terrorismo
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dicta sentencia: la ley de amnistía que a mediados de 2024 aprobaron las Cortes en el contexto del proceso independentista catalán está en línea con el derecho comunitario.
Así lo ha determinado hoy el alto tribunal europeo en la lectura del fallo de una sentencia que llega un año y medio después de que el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional formularan las preguntas prejudiciales a la corte con sede en Luxemburgo.
El presidente del TJUE, Koen Lenaerts, se ha pronunciado sobre la cuestión concreta de si es posible amnistiar delitos de terrorismo y malversación. Al respecto del primero, ha señalado que el derecho comunitario "no se opone a una ley nacional de amnistía que, para reducir tensiones institucionales y políticas y facilitar un escenario de reconciliación, establece la extensión de la responsabilidad penal de cualquier persona que haya cometido [...] actos comprendidos en esta directiva [de terrorismo] que no han causado de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos".
La justicia europea reconoce que "corresponde a los órganos jurisdiccionales competentes [los nacionales] identificar los actos concretos que quedan excluidos de la amnistía", pero que, bajo su prisma, "la ley española de amnistía no menoscaba el efecto útil de la Directiva relativa a la lucha contra el terrorismo"
Malversación
El presidente del TJUE, por su parte, reconoce que una amnistía puede chocar con la legislación europea si se produce un daño sobre los fondos europeos. Sin embargo, en este caso el TJUE descarta malversación pues las pérdidas se derivan de los gastos en que se incurrió para llevar a cabo el referéndum y promover internacionalmente la independencia de Cataluña durante el período comprendido entre 2011 y 2017, no de dinero comunitario. Además, Luxemburgo concluye que "no puede considerarse que los intereses financieros de la Unión se vean afectados por la mera disminución de la renta nacional bruta que podría potencialmente derivarse de la secesión de una parte del territorio nacional".
En la sentencia, el TJUE ha recordado que la amnistía es una competencia de los Estados miembros y que, por lo tanto, su poder se limita a controlar los problemas de tal envergadura que presenten un carácter sistémico capaz de comprometer el buen funcionamiento del sistema judicial nacional. En ese sentido, el tribunal concluye que "la regulación procesal de la ley española de amnistía no puede generar ese tipo de problemas".
No obstante, el Tribunal introduce una importante advertencia. Lenaerts recuerda que la ley no puede impedir que un órgano jurisdiccional espere la respuesta del TJUE cuando haya planteado una cuestión prejudicial. Si el plazo máximo de dos meses previsto para extinguir la responsabilidad penal obligara a cerrar el procedimiento antes de recibir la respuesta del tribunal europeo, esa previsión debería dejarse inaplicada por ser contraria al Derecho de la Unión.
La posición del TJUE entra dentro de lo esperado y se alinea con la opinión del abogado general de la UE, Dean Spielmann, emitida el pasado 13 de noviembre.
El TJUE, asimismo, se distancia de la posición de la Comisión Europea, que argumentó el año pasado que la norma no persigue "un propósito de interés público", sino que "parece una autoamnistía", ya que su aprobación fue una de las exigencias que Junts y ERC pusieron sobre la mesa al PSOE en la negociación de la tercera investidura de Pedro Sánchez.
Puigdemont
Esta sentencia es determinante para dirimir el futuro del expresidente de la Generalitat y líder de Junts, Carles Puigdemont, que sigue en Waterloo (Bélgica), a donde huyó en otoño de 2017, justo después de una votación sobre la secesión que organizó la Generalitat y de la aprobación por parte del Parlament de una Declaración Unilateral de Independencia (DUI), que ningún país del mundo reconoció.
El expresident y líder de Junts rechazó regresar a España pese a la ley de amnistía, ya que las causas contra él siguen abiertas. Ahora, la sentencia del TJUE allana el camino para su vuelta, a la espera de que el respaldo del TJUE a la medida desbloquearía la aplicación de la norma en los tribunales que sí lo hicieron (la Audiencia Nacional y el Tribunal de Cuentas) pese a la oposición del Tribunal Supremo.
Ahora los jueces españoles deben adaptar sus decisiones al criterio fijado por la justicia europea, especialmente en delitos como malversación y terrorismo. Esto debería llevar a que el Tribunal Constitucional resuelva a su favor, previsiblemente en octubre, el recurso de amparo que interpuso contra la decisión del juez del Tribunal Supremo de no aplicarle la amnistía.
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El TJUE avala la ley de amnistía y descarta la malversación