Nuevo revés judicial para el Ejecutivo de José Luis Martínez-Almeida. Esta vez ha sido la tasa municipal de basuras la que ha sido rechazada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, tras estimar los recursos interpuestos por varias instituciones y organizaciones contra la ordenanza fiscal. Así, se declara la nulidad de pleno derecho de esa polémica tasa por la prestación de servicios de gestión de residuos.
Este golpe a la normativa municipal ya se venía mascullando en los despachos de Cibeles casi desde su gestación, toda vez que tanto el alcalde como su equipo se habían mostrado críticos, al tratarse, según han venido repitiendo, de una imposición del Gobierno central.
En cualquier caso, esta vez no sólo ha sido una cuestión formal -como viene siendo habitual en algunas de las ordenanzas o proyectos impulsados por el Ayuntamiento- la que ha echado abajo la medida. La resolución de la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo habla también de una "infracción sustancial" de las normas que lo rigen (omisión de parte esencial del informe técnico-económico para determinar la tasa) y se refiere a la "omisión de documentación esencial en la información pública". Esta habría vulnerado el derecho de participación, dejando sin efecto, hasta nueva orden, ese texto legislativo.
"No se incorporaron ni publicaron los anexos relativos al estudio de generación de residuos por actividades económicas", documentos que, a juicio de la Sala, resultan imprescindibles para comprender y fiscalizar la cuantificación del tributo.
Y, aunque reconoce que la ordenanza fue aprobada en el contexto de una obligación legal impuesta por la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados, sustentada en el principio de "quien contamina paga", subraya que no han sido motivados adecuadamente los elementos esenciales de la tasa.
Movilidad Sostenible, aparcamientos del Bernabéu, cocheras...
El tribunal también ha rechazado los argumentos del Ayuntamiento de Madrid sobre que los citados anexos tenían simplemente un carácter "auxiliar o complementario". Sin ellos, no es posible "conocer la trazabilidad de la actividad económica y la carga del sistema". La transparencia del sistema y el control ciudadano "quedan comprometidos".
Uno de los pilares sobre los que se sostiene la sentencia es que no resulta suficiente que la Administración alegue la posibilidad de acceso a la documentación relacionada con la ordenanza "a través de solicitudes individuales". La exigencia legal es que se publique íntegramente durante el periodo de información pública. En los anexos omitidos se podía conocer la atribución de los residuos a las distintas actividades económicas y la configuración de las denominadas zonas homogéneas, clave para el funcionamiento de este impuesto.
Los primeros recibos de esa nueva tasa de basura comenzaron a enviarse el pasado mes de septiembre de 2025, tras una configuración exprés de una cuota que levantó mucha polémica, enfrentando a Gobierno y oposición en cada pleno. En enero, Almeida realizó una modificación del cálculo de la cuota para asociarlo al número de personas que viven en cada domicilio, que son quienes generan los desperdicios asociados a esa tasa.
Se repite, pues, en Cibeles lo vivido con la Ordenanza de Movilidad Sostenible, tumbada el pasado otoño por la justicia, los aparcamientos del entorno del Santiago Bernabéu o, recientemente, el plan urbanístico para las cocheras de Cuatro Caminos.