Este caso de 2018 se basó en la participación en estructuras organizadas de cesión de abonos para vender tickets de partidos por cantidades exorbitantes
Regala esta noticia Añádenos en Google Aficionados del Barça antes de un partido. (Efe)C.P.S.
25/05/2026 a las 17:39h.La Sala Civil del Tribunal Supremo ha desestimado los recursos presentados por unos 450 socios del Barça contra la sentencia de la Audiencia Provincial de ... Barcelona, que ratificó las sanciones que les impuso el club en 2018 por la cesión de sus abonos para la falsificación de entradas que se vendían a precios muy elevados por redes organizadas y en Internet.
Además, insiste en que la sanción se ha basado en la participación de los socios sancionados en estructuras organizadas de cesión de abonos para la inserción del código QR en entradas falsificadas que se vendían por cantidades exorbitantes.
«Por tal razón, es razonable la decisión del club demandado de sancionar la conducta conforme a lo previsto en el art. 74.c] (cesión onerosa del abono con intermediación de redes organizadas o Internet), en relación con el art. 69.3, párrafo tercero, de los Estatutos (responsabilidad del socio cedente del abono por las infracciones cometidas por el cesionario)», añadió el Supremo.
Trámite de audencia previa
Asimismo, la sentencia también destaca que los socios recurrentes fueron informados de los hechos que habían dado origen al expediente sancionador mediante el pliego de cargos, y que se les concedió un trámite de audiencia con carácter previo a la imposición de la sanción, «que se acordó en una resolución adecuadamente motivada», explicó.
La sanción, que se sustentó además en otros preceptos estatutarios, impuso a los socios afectados, entre quienes figuraban los ahora recurrentes, la suspensión de la condición de abonado por un periodo de hasta 18 meses o la expulsión del club.
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