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El Tribunal Supremo pone límites a la 'doctrina del paréntesis' usada para sumar años de cotización en la jubilaciónLa Seguridad Social se la denegó al constatar que, en los 15 años anteriores al hecho causante, únicamente había cotizado 22 días, en lugar de los dos años exigidos por la normativa en concepto de carencia específica
Miércoles, 22 de abril 2026, 12:26
... jubilación. Por eso, cuando solicitó en abril de 2022 que se le reconociera esta prestación, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) se la denegó al constatar que, en los 15 años anteriores al hecho causante, únicamente había cotizado 22 días, en lugar de los dos años exigidos por la normativa en concepto de carencia específica. Pese a acumular más de 26 años cotizados a lo largo de su vida laboral, estos se concentraban en periodos anteriores a 1996, con escasa actividad posterior.Inicialmente, el Juzgado de lo Social nº3 de Alicante avaló la decisión administrativa, pero el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana revocó ese criterio. Esta sala entendió que cabía aplicar la doctrina del paréntesis de forma flexible, incluso en distintos periodos separados, al considerar que «nada impide que abran más de un paréntesis» si se acredita la voluntad de permanecer en el sistema.
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