Colas de peticionarios de regularización en Madrid./ Efe
Tribunales El TS prevé dictar sentencia sobre la regularización masiva de Sánchez antes de que se haya consolidado ningún derechoLa Sala Tercera se propone resolver los recursos a finales de año o primeros meses de 2027 y, si decide plantear la cuestión prejudicial, pedirá al TJUE que aplique el trámite de urgencia.
Más información: El Supremo activa el proceso para que el TJUE intervenga contra la regularización de 1,3M de inmigrantes de Sánchez
María Peral Publicada 1 julio 2026 02:50h Las clavesLas claves Generado con IA
El Tribunal Supremo no se dormirá en los laureles a la hora de resolver los recursos sobre el proceso de regularización puesto en marcha por el Gobierno el pasado abril, al que se han acogido 1,3 millones de inmigrantes 'sin papeles' que han solicitado permiso de residencia.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo atribuye al decreto del Gobierno un "interés público especialmente cualificado" por el número de afectados y por las cuestiones sociales y de derechos humanos en juego, más allá de las consideraciones económicas o de mercado laboral.
Por ello, la Sala se ha propuesto dictar la primera sentencia "a finales de este año o primeros meses de 2027", informan fuentes del alto tribunal. Y ello incluso si los magistrados deciden plantear al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) una cuestión prejudicial sobre la adecuación de esta regularización masiva al Derecho de la UE.
Que la Sala tiene dudas sobre esa adecuación es evidente, ya que ha abierto el trámite de audiencia a las partes para que den su opinión sobre si se debe acudir a la Justicia europea respecto a seis aspectos concretos del proceso de regularización. Entre ellos, el hecho de que se ha aprobado "sin que conste coordinación previa con los demás Estados miembros de la UE" en un espacio, el territorio Schengen, que garantiza el derecho a circular libremente.
Si la Abogacía del Estado no disipa esas dudas de compatibilidad con el Derecho europeo, el Tribunal Supremo acudirá al TJUE para que determine si esta regularización respeta el principio de cooperación leal y de coordinación entre Estados miembros que establecen los recientes Reglamentos europeos derivados del Pacto sobre Migración y Asilo.
Extranjería tenía razón: las solicitudes de regularización de migrantes rozan los 1,3 M frente a los 500.000 que dijo SánchezEn el caso de que acabe planteándose la cuestión prejudicial, la Sala pediría al Tribunal de Luxemburgo que aplique bien el procedimiento de urgencia, bien el procedimiento acelerado, de modo que la sentencia del TJUE tardaría entre tres y cinco meses.
Hay que tener en cuenta que la cuestión prejudicial se plantearía no en los pleitos principales sino en las piezas de medidas cautelares abiertas por la petición de los recurrentes (los Gobiernos de Aragón y Comunidad Valenciana) de que la Sala paralice el proceso de regularización. Es un factor más de apremio que se puede hacer valer ante el TJUE, indican las fuentes consultadas.
Medidas cautelares
Hasta el momento, con ocasión de otros recursos admitidos a trámite con anterioridad (del Gobierno de la Comunidad de Madrid y de Vox), el Supremo se ha negado a paralizar cautelarmente el proceso de regularización.
Fuentes de la Sala explican que, si el TS dicta sentencia en el plazo que se ha marcado, se pueden garantizar los intereses legítimos de todas las partes y de los afectados sin necesidad de acordar la medida cautelar de suspensión del proceso de regularización.
Si los recursos acaban con un fallo estimatorio, el interés de los demandantes no se ve frustrado porque ni siquiera habrá transcurrido el primer año de vigencia de los primeros permisos de residencia que se concedan, que decaerían sin derecho a la prórroga por otros cuatro años y sin reagrupamientos familiares. "Nada obsta a la reversibilidad de los actos administrativos ya dictados, sin que el decreto pudiera tener ulteriores efectos", indican.
Y si los recursos se desestiman, los intereses de la Administración y de los migrantes no se habrán visto afectados, lo que sí ocurriría si se paraliza el proceso de regularización.
Las mismas fuentes consideran que no tiene sentido suspender cautelarmente el proceso una vez que el plazo de presentación de solicitudes ya ha acabado, porque todos los peticionarios cuentan ya con una autorización provisional de residencia y trabajo. De acuerdo con el decreto, esa habilitación provisional se produce con la propia comunicación de inicio de la tramitación del procedimiento de regularización.
El pasado 25 de mayo, cuando rechazó la petición cautelar de Vox, el Supremo argumentó que "la suspensión solicitada determinaría para las personas solicitantes seguir en la situación de irregularidad administrativa" sin haberse declarado la ilegalidad del decreto.
Ello "pugna con el interés público perseguido por la norma, con todo lo que ello entraña, humana, social y económicamente", señaló el alto tribunal.