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Vivienda con el techo caído en la calle Huerta Chica. Josele El TSJA avala el cambio de las normas urbanísticas en el Casco Histórico de MarbellaLa sentencia da la razón al Ayuntamiento y defiende con jurisprudencia que la vigente suspensión de las licencias no puede prorrogarse 'sine die'
Marbella
Viernes, 13 de marzo 2026, 00:01
... la reforma de los inmuebles de los ámbitos delimitados como Intervenciones Singulares del Centro Histórico de Marbella. Hasta ahora el artículo 240.2 de las Normas Urbanísticas (NNUU) del Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) limita las actuaciones que pueden ejecutarse a «obras de estricta conservación necesarias para la seguridad y ornato de las edificaciones» y se prohibe expresamente no solo la «reestructuración general» o la «renovación» de los inmuebles, sino también la «rehabilitación».Los magistrados citan el informe jurídico del Consistorio para dar su visto bueno a «la supresión de una medida cautelar obsoleta y agotada por el paso de tiempo» y recuerdan que la limitación de licencias ha de ser «temporal»
Los magistrados del alto tribunal andaluz citan el informe jurídico del Consistorio para dar su visto bueno a «la supresión de una medida cautelar obsoleta y agotada por el paso de tiempo» y recuerdan que hay sentencias del Tribunal Supremo que sostienen que medidas como las que impone ahora las NNUU «han de ser temporales», de modo que «en ningún caso» la restricción «pueda tener carácter indefinido».
Advertencia y transitoriedad
Mantener «el carácter limitativo» de «la suspensión indefinida» supone continuar con una restricción que «podría exponer al Ayuntamiento a posibles responsabilidades o pronunciamientos judiciales adversos», avisa el TSJA, por lo que considera que «alzarla sería una medida coherente con las advertencias realizadas por los servicios jurídicos» municipales.
El paso dado por el gobierno municipal en marzo de 2024 es el mismo que acaba de dar recientemente con la aprobación inicial de una propuesta de modificación de las normas urbanísticas aplicables a los ámbitos delimitados como Intervenciones Singulares del Centro Histórico, que se encuentra en exposición pública y pendiente de hasta tres informes de la Junta de Andalucía. La intención del Ayuntamiento es pasar de la limitación de las intervenciones a meros casos «de seguridad y ornato» a permitir únicamente «obras de mantenimiento, conservación, acondicionamiento, reforma y consolidación con el fin de garantizar la integridad de las edificaciones» y evitar el deterioro de los inmuebles. Para que entre en vigor el nuevo escenario aún debe obtener luz verde de la administración autonómica y del pleno municipal.
La modificación de las normas no es más que «una regulación transitoria» para «dotar de seguridad jurídica a las actuaciones urbanísticas» en los ámbitos protegidos, y que tiene fecha de caducidad: el momento en el que se aprueba definitivamente el Plan de Ordenación Urbana
En cualquier caso, la modificación de las normas, como apunta el Ayuntamiento y cita la sentencia, no es más que «una regulación transitoria» para «dotar de seguridad jurídica a las actuaciones urbanísticas en las edificaciones preexistentes» en los ámbitos protegidos, y que tiene fecha de caducidad: el momento en el que se aprueba definitivamente el Plan de Ordenación Urbana.
La modificación del artículo 240.2 de las NNUU planteada, insisten desde el Ayuntamiento, no altera la protección del Casco Histórico, ni permite cambios en los aprovechamientos ni en los volúmenes, ni construir en «vacíos».
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