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Esto es lo que implica casarse en gananciales: ¿Es todo lo mío tuyo?

Esto es lo que implica casarse en gananciales: ¿Es todo lo mío tuyo?
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Contraer matrimonio con esta fórmula tiene su miga, porque supone compartirlo casi todo, incluidas las deudas

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Esto es lo que implica casarse en gananciales: ¿Es todo lo mío tuyo?

Contraer matrimonio con esta fórmula tiene su miga, porque supone compartirlo casi todo, incluidas las deudas

Iratxe Bernal

Sábado, 24 de enero 2026, 19:16

... declive de esta fórmula que, si no elegimos otra, se nos puede imponer por defecto porque aún es la favorita de la ley. Y eso tiene sus implicaciones incluso sin divorcio. Si estáis pensando en pasar por el altar, atentos a estas claves.

¿Estoy casado en gananciales?

Lo normal es plasmar lo acordado –sea gananciales o separación de bienes– al oficializar el matrimonio, pero también es posible hacerlo antes pasando por la notaría. De no hacerlo en ningún momento, decide la ley. Hay alguna excepción según la comunidad, pero lo habitual es aplicar por defecto el régimen de gananciales a los matrimonios y el de separación de bienes a las parejas de hecho. En todo caso, podemos cambiarlo si es de común acuerdo y ante notario.

Disolución y liquidación

La disolución de una sociedad de gananciales sólo es posible por defunción o divorcio. Por cierto, si ésta es la razón hace falta tener la sentencia. «Desde que se presenta la demanda de divorcio hasta que se dicta sentencia sigues casado en gananciales. Para que no sea así, ambos han de acreditar su voluntad de actuar de manera independiente ya desde el inicio de ese proceso. Deben mostrar que dan la sociedad por extinguida», explica la experta.

Sentencia en mano, toca hacer liquidación: inventariar activos y pasivos, valorarlos según su tasación actual y hacer un reparto que no siempre es «50% para ti y 50% para mí». «Se intenta, pero sólo sería posible con la venta de todo el patrimonio, así que lo normal es establecer lotes de un valor similar y repartirlos. De este modo, además, se evita que uno de ellos tenga que tributar por un incremento patrimonial. Cuando hay muchos lotes es más fácil lograr ese 'empate', pero otras veces es imposible. Ocurre cuando tenemos bienes que no se pueden dividir, como la casa, y quien se los queda no puede compensar al otro la parte que le correspondería», resume.

En la riqueza y en la pobreza

Si se comparten ganancias también toca compartir deudas, pero hay muchos matices. Si se han contraído durante el matrimonio pero uno de los cónyuges prueba que fue sin su consentimiento podrá quedar libre de responsabilidad siempre y cuando la deuda no se contrajera en beneficio de la familia. «Yo puedo decir que la lavadora se compró sin mi visto bueno, pero se supone que es una compra necesaria», pone como ejemplo la letrada. Otro caso: si la deuda es laboral (con proveedores o la Seguridad Social) se entenderá que, dado que los ingresos de esa actividad son gananciales, también lo es la responsabilidad de pagar los gastos derivados de ella.

¿Y si es previa? «Si se trata de una hipoteca se entiende que las cuotas posteriores a la boda se han abonado con dinero de ambos, por lo que el cónyuge que no es propietario del inmueble podrá solicitar que se le devuelva lo que le corresponda de la parte que se ha pagado con ese dinero común. Si, en cambio, la deuda se debe a un dispendio con la tarjeta de crédito, tanto su pago como el de los intereses –aunque parte se haya generado tras el enlace– son responsabilidad de quien la contrajo. Hubo una negligencia por su parte de la que no se puedes responsabilizar al otro», subraya Rodríguez Marcos.

Herencias y donaciones

«Siempre son privativas. De hecho, aunque se ingresen en una cuenta conjunta se podría pedir su reembolso cuando se disuelva sociedad. El problema en estos casos es que puede haber confusión de patrimonios. Si ambos hacen ingresos y cargan gastos en esa cuenta, ¿cómo determinar al cabo del tiempo si el dinero de la herencia sigue o no ahí? Habría que demostrar que el saldo ha sido siempre superior al importe de la herencia. Yo recomendaría dejar lo heredado en una cuenta individual porque, aunque también es ganancial, evita esta confusión», aconseja.

Algunas situaciones habituales que plantean dudas

Cuando uno se casa en gananciales puede verse implicado en algunas situaciones del día a día que pueden generarle dudas. Las resolvemos.

La pareja se mantiene con un único sueldo. Aunque los ingresos sólo sean generados por uno de los cónyuges, se consideran gananciales y se repartirán a partes iguales si hay divorcio.

El piso lo escrituró uno de los cónyuges de soltero, pero terminó de pagarlo después de casarse. La parte pagada de soltero será privativa, pero la amortizada después será ganancial, de modo que el otro cónyuge podría exigir derecho de reembolso (actualizado conforme al IPC) por los pagos realizados durante la unión porque se hicieron con fondos gananciales. Si se trata de la residencia habitual se intenta cubrir la posible revalorización del inmueble, por lo que se establece qué porcentaje de la propiedad es privativo y qué parte, ganancial. Si es una segunda vivienda se calcula la cantidad aportada por la sociedad de gananciales y se devolverá la mitad.

Alquiler del piso de soltero. Si está ya íntegramente pagada antes de la boda, la vivienda será privativa, pero la renta obtenida por su alquiler durante el matrimonio será ganancial.

Vendemos el coche comprado antes del matrimonio para adquirir uno nuevo que se termina de pagar con dinero común. El vehículo sería ganancial, pero quien aportó el dinero logrado por la venta del viejo podría obtener un derecho de crédito a su favor en el pasivo de la sociedad.

Hay una cuenta conjunta y, además, cada uno tiene una particular. Todos los fondos ingresados tras el matrimonio en cualquiera de ellas pertenecen a la sociedad de gananciales. Ocurre lo mismo con cualquier bien adquirido tras la boda; la titularidad, aunque sea exclusiva, no convierte ninguna posesión en privativa.

Cobro de una indemnización. Si es por despido, es ganancial porque también lo es el salario al que sustituye, pero si va acompañada de una compensación por daños personales o morales (o si es sólo de este tipo como consecuencia de un accidente, por ejemplo) esta parte será privativa porque se indemniza a quien sufrió los daños, que no fue la sociedad sino la persona.

Uno de los dos compra un décimo de lotería que resulta premiado. Sería ganancial porque se ha comprado con dinero de la sociedad de gananciales.

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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