Piden al Supremo que tumbe las medidas cautelares de Hazte Oír para auditar las altas en el censo exterior, identificar su origen y someter a controles especiales las nuevas adscripciones electorales
Regala esta noticia Añádenos en Google Elecciones andaluzas del pasado mes de mayo. (EP)Melchor Sáiz-Pardo y Javier Arias Lomo
16/09/2026 a las 07:06h.La Fiscalía y la Junta Electoral Central (JEC) se han alineado ante el Tribunal Supremo para rechazar nuevos controles cautelares sobre las inscripciones en el ... Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) vinculadas a la llamada Como medida cautelar, Hazte Oír pidió conservar íntegramente los expedientes, documentos, justificantes y registros informáticos relacionados con las altas, bajas y adscripciones en el CERA desde el 21 de octubre de 2022. También reclamó un «marcador interno» para identificar el origen administrativo y la secuencia temporal de las altas procedentes de expedientes de la Ley de Nietos. Como medida cautelar, Hazte Oír pidió conservar íntegramente los expedientes, documentos, justificantes y registros informáticos relacionados con las altas, bajas y adscripciones en el CERA desde el 21 de octubre de 2022 La petición incluye además un control mensual de los movimientos del censo, con datos desglosados por país, oficina consular, provincia o municipio, causa y estado de verificación. Hazte Oír pretende igualmente que las nuevas adscripciones que no deriven de la última residencia queden sometidas a un control previo de documentación, arraigo y motivación, y que la JEC supervise una muestra estadística y de riesgo de expedientes anteriores para revisar aquellos en los que aparezcan anomalías. La Fiscalía rechaza esas medidas. En un escrito del 8 de septiembre, el fiscal de Sala Francisco Moreno Carrasco sostiene que varias peticiones no tienen verdadera naturaleza cautelar y que otras se parecen más a reglas de «buena gobernanza» o «buena administración» que a actuaciones necesarias para garantizar la eficacia de una futura sentencia. El Ministerio Público considera innecesario ordenar a la Administración que conserve los expedientes porque «no hay motivos para pensar que estos no existan o vayan a ser destruidos». También se opone a que el Supremo reciba información periódica sobre las variaciones del censo. «Esta es una Sala de Justicia», advierte el fiscal, que recuerda que las funciones de dirección y supervisión corresponden legalmente a la Junta Electoral Central. La Junta Electoral coincide. En sus alegaciones de 14 de septiembre sostiene que buena parte de las cautelares reclamadas por Hazte Oír ya han quedado absorbidas por las medidas adoptadas por el Supremo el día 10 en los recursos promovidos por Iustitia Europa y Vox contra el acuerdo de la JEC. Esos autos, dictados por la Sección Cuarta de la Sala Tercera, acordaron la suspensión de determinadas inscripciones en el CERA y de los efectos electorales de las ya producidas, con la excepción fijada por el tribunal. También ordenaron a la Oficina del Censo Electoral, por conducto de la JEC, diferenciar los expedientes derivados directamente de los supuestos de exilio previstos en la Ley de Memoria Democrática de los iniciados y aprobados al amparo de la interpretación establecida por la Instrucción de 25 de octubre de 2022 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública. El Supremo requirió a la Oficina del Censo Electoral que, a través de la Junta, cursara instrucciones a los registros consulares. La JEC entiende ahora que esa decisión ya cubre la identificación del origen de las altas y parte de los controles sobre las nuevas adscripciones electorales que Hazte Oír quiere introducir. La Junta rechaza también que sea necesario imponer cautelarmente la conservación de la documentación porque esa obligación ya deriva de la legislación administrativa. Y sostiene que peticiones como la remisión mensual de información al Supremo o la aportación de determinados documentos son cuestiones probatorias, no medidas destinadas a asegurar el resultado del proceso. Según la JEC, las cautelares planteadas tienen además un carácter «claramente innovativo» porque obligarían a implantar de inmediato actuaciones de inspección, auditoría, revisión e instrucción que coinciden sustancialmente con lo que Hazte Oír pretende obtener en la sentencia definitiva. A su juicio, aceptar ahora esas medidas supondría anticipar el resultado del pleito.Registros consulares
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