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¿Has tenido un accidente de tráfico de camino al trabajo? Conoce todos tus derechos y qué debes reclamar

¿Has tenido un accidente de tráfico de camino al trabajo? Conoce todos tus derechos y qué debes reclamar
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Pasar tanto tiempo en al carretera, también hace que aumente la probabilidad de tener un percance P.F. ¿Has tenido un accidente de tráfico de camino al trabajo? Conoce todos tus derechos y qué debes reclamar

N. Soage

Martes, 10 de febrero 2026, 08:00

... para muchas gestiones de la vida diaria como hacer la compra, ir al gimnasio o actividades lúdicas de fin de semana, la mayoría de los desplazamientos son para llevar a los niños al colegio e ir al trabajo. Esto puede suponer que una persona, o varias, estén más de una hora al día en el coche o dedicando tiempo de su jornada a la movilidad. Y pasar tanto tiempo en al carretera, también hace que aumente la probabilidad de tener un percance. Llegado este punto, es muy importante que sepas identificar, por ejemplo, si es de camino al trabajo, porque tus derechos son muy diferentes, y necesitarás saber qué hacer o cómo reclamarlos.

«Ahora bien, estos requisitos han sido progresivamente flexibilizados por la jurisprudencia, especialmente en lo relativo al concepto de domicilio, que se ha ampliado para incluir no solo la residencia habitual del trabajador, sino también otros lugares de estancia, residencia temporal o comida, siempre que se trate de conductas que respondan a patrones usuales de convivencia», añade.

De esta manera, quien pretenda probar el carácter laboral de un accidente sufrido en tiempo de descanso o de actividades de carácter personal o privado habrá de acreditar una conexión necesaria con la prestación laboral. Como ejemplo, «no se considera accidente laboral el siniestro sufrido por un trabajador que, teniendo limitada la conducción de determinados vehículos por el Servicio de Prevención de su empresa, se desplaza en moto y sufre un accidente. Del mismo modo, la existencia de una dolencia previa relevante, de origen no laboral, que constituya la causa última del accidente de tráfico ocurrido durante la jornada o el trayecto, excluye su calificación como accidente de trabajo», subraya Toneva.

Por lo tanto, ¿Cuáles son mis derechos y qué debo tener en cuenta? «El derecho de indemnización por responsabilidad civil. Con independencia de que se trate de un accidente de tráfico in itinere o no, el lesionado no culpable tiene derecho a reclamar el resarcimiento íntegro de los daños y perjuicios sufridos, tanto personales (lesiones corporales, intervenciones quirúrgicas y secuelas) como materiales (gastos no resarcidos por terceros, así como la pérdida o disminución de ingresos)», señala la abogada especializada en Responsabilidad Civil del despacho de abogados Indemnización Por Accidente

En este punto se podría formular la correspondiente reclamación frente a la aseguradora del vehículo responsable del siniestro, dentro del plazo de un año desde la fecha de alta médica. Y se tendría derecho a prestación económica por incapacidad temporal durante la baja médica. Eso sí, aclara que «si la contingencia se declara derivada de enfermedad común y, por tanto, el accidente se califica como no laboral, el afectado puede promover un expediente de determinación de contingencia ante el INSS. En caso de resolución desfavorable, podrá interponer la correspondiente demanda judicial sobre determinación de contingencia».

En caso de que se «trate de un accidente de circulación in itinere, interesa combatir la determinación de contingencia si no se ha reconocido como laboral, ya que dicha calificación otorga al lesionado una mayor protección. En particular: No se exige cotización mínima para acceder a la prestación por incapacidad temporal. El cálculo de la prestación resulta más favorable: se percibe el 75% de la base reguladora Además, en muchos convenios colectivos se prevén mejoras, abonando la empresa la diferencia hasta alcanzar el 100%«, añade.

Para demostrar que el accidente se produjo «in itinere», el interesado tiene que aportar informe médico que describa las lesiones sufridas y la relación directa con el accidente; informe policial que detalle las circunstancias del accidente o declaración amistosa del siniestro así como declaraciones de testigos que presenciaron el accidente y puedan corroborar los hechos y demás pruebas que acrediten no solo la realidad del accidente y de las lesiones sino también la relación de causalidad con la actividad laboral de la víctima. No basta la mera declaración de la víctima, aunque se acompañe de informes médicos, si no existen otros elementos objetivos que la corroboren.

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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