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La Audiencia de Málaga condena a un banco por mantener nueve años como moroso a un cliente con una deuda ya pagada

La Audiencia de Málaga condena a un banco por mantener nueve años como moroso a un cliente con una deuda ya pagada
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El tribunal considera que la entidad vulneró su derecho al honor al no actualizar los datos tras saldarse el préstamo y fija una indemnización de 3.000 euros

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Imagen de los Juzgados de Vélez-Málaga. E. CABEZAS La Audiencia de Málaga condena a un banco por mantener nueve años como moroso a un cliente con una deuda ya pagada

El tribunal considera que la entidad vulneró su derecho al honor al no actualizar los datos tras saldarse el préstamo y fija una indemnización de 3.000 euros

Eugenio Cabezas

Lunes, 9 de marzo 2026, 11:01

... al banco BBVA a indemnizar con 3.000 euros a un cliente al considerar que la entidad «vulneró su derecho al honor» al mantener durante casi una década información desactualizada sobre una deuda ya pagada en la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE).

Estima el recurso contra el fallo del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Vélez-Málaga, que lo desestimó

El origen del conflicto se remonta a principios de los años 2000, cuando el cliente suscribió un préstamo al consumo con el banco. El impago de algunas cuotas derivó en varios procedimientos judiciales para reclamar la deuda, que finalmente quedó saldada en octubre de 2013 tras abonarse las cantidades reclamadas y declararse finalizada la ejecución judicial.

Sin embargo, pese a haberse extinguido la deuda, los datos del afectado continuaron figurando en la CIRBE durante años como titular de una operación crediticia impagada. No fue hasta 2022, tras una reclamación directa del propio cliente ante la entidad bancaria, cuando el banco procedió a actualizar la información y eliminar los datos erróneos del registro. La situación salió a la luz cuando el afectado solicitó un nuevo préstamo a otra entidad financiera y este fue denegado al aparecer en el registro como deudor de una operación fallida por importe de 2.787 euros.

Riesgos crediticios

En su resolución, la Audiencia Provincial recuerda que la CIRBE no es estrictamente un fichero de morosos, sino un sistema de información sobre riesgos crediticios gestionado por el Banco de España. No obstante, advierte de que cuando los datos publicados transmiten una situación de incumplimiento que no se corresponde con la realidad «pueden vulnerar el derecho al honor de la persona afectada».

En este caso, el tribunal concluye que la entidad financiera incumplió su obligación legal de mantener los datos exactos y actualizados. Según recoge la sentencia, consultada por este periódico, la falta de diligencia al no cancelar la información tras el pago de la deuda generó «una percepción inexacta que desacredita al afectado», al asociarlo durante años a «una situación de morosidad inexistente».

La defensa del afectado ha sido llevada por el despacho malagueño Galán Palmero Abogados, que ha destacado la importancia de esta resolución para reforzar la protección de los consumidores frente a la inclusión indebida o prolongada de datos en registros de solvencia financiera.

El despacho malagueño Galán Palmero Abogados destaca que esta resolución refuerza la protección de consumidores

Los magistrados subrayan además que la permanencia de una persona en un registro de este tipo por una deuda inexistente puede afectar a su reputación económica y disminuir la confianza de terceros en su solvencia, con consecuencias directas en su capacidad para acceder a financiación.

Por todo ello, la Audiencia Provincial considera acreditada la vulneración del derecho al honor del demandante y fija una indemnización de 3.000 euros por daños morales, teniendo en cuenta el tiempo que los datos permanecieron en el sistema y el impacto que esta situación pudo tener en su vida financiera. La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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