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La Audiencia Nacional da carpetazo a la causa sobre el gran apagón al no haber el más «mínimo indicio» de «sabotaje terrorista»

La Audiencia Nacional da carpetazo a la causa sobre el gran apagón al no haber el más «mínimo indicio» de «sabotaje terrorista»
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El juez Calama revela en su auto que el CNI ha descartado en su investigación «acciones cibernéticas dañinas o evidencias relacionadas con un ciberataque»

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Imagen del apagón del pasado año en un comercio Efe La Audiencia Nacional da carpetazo a la causa sobre el gran apagón al no haber el más «mínimo indicio» de «sabotaje terrorista»

El juez Calama revela en su auto que el CNI ha descartado en su investigación «acciones cibernéticas dañinas o evidencias relacionadas con un ciberataque»

Melchor Sáiz-Pardo y Mateo Balín

Lunes, 12 de enero 2026, 13:35 | Actualizado 14:16h.

... que no hay un «mínimo indicio» de que el apagón eléctrico total ocurrido en la Península el 28 de abril de 2025 fuera provocado por agentes externos. El juez José Luis Calama, tras recibir los informes de hasta seis instituciones y organismos diferentes a los que pidió investigar este episodio inédito en la historia de España, que dejó a oscuras al país durante horas, ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa abierta el pasado año sobre un hipotético «sabotaje terrorista».

En su resolución, el juez revela que la base para descartar el sabotaje ha sido un informe del Centro Criptológico Nacional (CCN, el corazón tecnológico del CNI). Los servicios secretos, tras analizar los 70 gigas que generaron los sistemas informáticos que analizaron el apagón, zanjan que en esa riada de información «no hay ningún dato o elemento» que avale que el cero eléctrico fue provocado por «acciones cibernéticas dañinas». No hay «evidencias relacionadas con un ciberataque», insiste el documento del CNI, según el juez, quien también revela que el CCN tampoco ha encontrado «indicios que apunten a un ciberataque de un grupo de cibercrimen, actores Estado o grupos terroristas».

Otro de los documentos analizados por el juez, según la resolución de este lunes, ha sido el elaborado por el Mando Conjunto del Ciberespacio (MCCE), en el que se pone de manifiesto que, tras la visita a cinco centros de control de las estaciones de generación del sistema eléctrico, no se observa «ningún ciberataque de grupo de cibercrimen, actores Estado o grupos terroristas» contra las infraestructuras objeto de análisis.

Tampoco Incibe

Calama también recuerda que el Instituto Nacional de Ciberseguridad (Incibe) ha realizado para la Audiencia Nacional ocho informes diferentes sobre el apagón y que todos ellos han certificado la «no detección de ningún tipo de acción potencialmente dañina de carácter cibernético» que pudiese afectar a los centros de control auditados.

Igualmente, el juez cita el informe elaborado por la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad (OCC) del Ministerio del Interior, cuyos especialistas visitaron una docena de centrales sin que, tampoco ellos, obtuvieran indicios de ningún tipo de ciberataque relacionado con el incidente del 28 de abril.

La quinta pata que Calama ha tenido en cuenta para cerrar esta investigación ha sido el informe emitido por la Comisaría General de Información de la Policía Nacional tras analizar las 8.028 grabaciones y 1.296 correos proporcionados por Red Eléctrica, relativos a las conversaciones e intercambio de información que tuvieron lugar desde los centros de control en el período comprendido entre las 00 horas del día 18 de abril y las 00 horas del día 30. En este se concluye que en ninguno de estos audios y correos electrónicos se hace alusión a un ciberataque o intrusión a los sistemas de REE.

Por último, la resolución del instructor recoge el informe del Comité para el análisis de las circunstancias de la crisis de electricidad del 28 de abril, en el que se analiza cómo el cero eléctrico tuvo un origen multifactorial, en el que confluyeron tres elementos: «una capacidad de control de tensión insuficiente»; diferentes «oscilaciones»; y la «desconexión» de centrales de generación, «algunas de un modo aparentemente indebido». Calama apunta que, a raíz de las diligencias de instrucción practicadas, se infiere un conflicto de naturaleza eminentemente administrativa y/o civil relacionado con los distintos operadores que intervienen en la generación de la energía eléctrica, si bien estos hechos, aclara, ante la ausencia de cualquier indicio delictivo, deben quedar fuera de la vía penal, «máxime cuando existen otros mecanismos de solución».

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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