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La CNMV advierte del nuevo escenario regulatorio en las criptos desde el 1 de julio

La CNMV advierte del nuevo escenario regulatorio en las criptos desde el 1 de julio
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La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha advertido este lunes a los inversores de los riesgos derivados de la finalización, el próximo 30 de junio, del periodo transitorio del reglamento MICA que regula los criptoactivos. Leer
CriptomonedasLa CNMV advierte del nuevo escenario regulatorio en las criptos desde el 1 de julio
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Actualizado 15 JUN. 2026 - 12:06Sede de la CNMVJMCadenasEXPANSION

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha advertido este lunes a los inversores de los riesgos derivados de la finalización, el próximo 30 de junio, del periodo transitorio del reglamento MICA que regula los criptoactivos.

El sector de los criptoactivos en España encara la cuenta atrás para una fecha marcada en rojo en el calendario. El 30 de junio expira el periodo transitorio del reglamento europeo que regular el sector, MiCA (Markets in Crypto-Assets).

A las puertas de esta fecha, la CNMV ha emitido hoy lunes un comunicado en el que destaca que a partir del próximo 1 de juliosolo podrán operar en España los proveedores que hayan obtenido la necesaria autorización.

Por este motivo, el regulador español ha alertado a los inversores de que no deberán operar con entidades que no hayan completado el proceso de autorización, puesto que no contarán con los mecanismos de protección y supervisión que contempla la citada normativa.

La CNMV, a su vez, ha recordado a los proveedores de servicios sobre criptoactivos que no vayan a obtener la autorización correspondiente para el ejercicio de su actividad en España antes del 30 de junio que deben disponer de un plan de migración efectivo de sus clientes, informa Efe.

Este plan deberá contemplar la posibilidad de que sus clientes puedan mover los criptoactivos custodiados a otras direcciones y los fondos, a cuentas de efectivo; y este proceso debe contar con las medidas necesarias de seguridad y de cumplimiento de la normativa de prevención de blanqueo de capitales.

Además, estas entidades podrán llegar a un acuerdo con otro proveedor, que sí cuente con la correspondiente autorización, con la adecuada protección y condiciones favorables para los clientes.

De este modo, cada cliente podrá aceptar el traspaso de sus criptoactivos a este otro proveedor a través del cual podría continuar con su operativa, una vez finalizado el proceso de identificación.

La CNMV considera necesario que los proveedores comuniquen a sus clientes el plan de migración que se llevará a cabo, informándoles de los plazos y las actuaciones que se realizarán.

El plan de migración, según ha destacado el supervisor, establecerá un plazo razonable de retirada por parte de los inversores y, una vez finalizado, los criptoactivos y los fondos que no hayan sido retirados podrán ser transferidos a entidades autorizadas, comunicándolo a los clientes afectados.

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Fuente original: Leer en Expansión
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