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La DGT avisa: el gesto que muchos conductores siguen haciendo y cuesta 500 euros

La DGT avisa: el gesto que muchos conductores siguen haciendo y cuesta 500 euros
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Aparte de la multa, el conductor se enfrentará a una pérdida de puntos en el carnet de conducir. Leer
MotorLa DGT avisa: el gesto que muchos conductores siguen haciendo y cuesta 500 euros
  • DANIEL ÁLVAREZ
Actualizado 20 JUL. 2026 - 08:53DREAMSTIMEEXPANSION

Aparte de la multa, el conductor se enfrentará a una pérdida de puntos en el carnet de conducir.

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha avisado de que, al cometer un gesto común al volante, los conductores se pueden enfrentar a una multa de 500 euros.

¿Cuál es el gesto común?

La DGT ha establecido que un gesto común entre muchos conductores se puede clasificar como una infracción "muy grave". Estas sanciones incluyen una multa de 500 euros, y siempre conllevan una pérdida de puntos. Además, dependiendo de la gravedad de la infracción, las penalizaciones pueden aumentar.

El artículo 12.4 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial establece que está prohibido arrojar a las vías cualquier objeto que pueda provocar un incendio o peligro en la carretera. Es decir, muchos gestos comunes como, por ejemplo, arrojar una colilla por la ventanilla, conllevan una multa de 500 euros y una pérdida de 6 puntos en el carnet de conducir.

La ley establece esta infracción de clasificación "muy grave" porque estos abandonos pueden crear situaciones de extremo peligro. La normativa especifica que podrá ser cualquier objeto que cause incendios. Esto significa que se incluyen objetos como los cigarros, mecheros o baterías de litio, entre otros elementos inflamables.

¿Qué otros gestos implican multas?

Sin embargo, los elementos inflamables no son los únicos objetos que se pueden multar. Aunque se establece que la norma se aplica a los objetos que pueden causar incendios, también puede ser penalizado cualquier otro objeto que pueda poner en peligro la seguridad vial. También se puede multar de la misma manera por arrojar botellas o cristales que puedan causar accidentes.

Además, el artículo 12.2 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial establece que no se pueden arrojar, depositar o abandonar sobre la vía objetos que puedan bloquear u obstaculizar la libre circulación de los demás vehículos. Asimismo, tampoco está permitido arrojar objetos o materias que puedan deteriorar la vía o que creen dificultades inmediatas para estacionar o parar.

Esto significa que arrojar cualquier objeto que tenga la capacidad de crear dificultades en la carretera, o que impida que los demás conductores puedan circular o parar, está prohibido. El artículo 77 de la misma ley establece en su apartado x) que arrojar a la vía objetos que puedan provocar incendios o accidentes al volante se considera una infracción "muy grave", lo cual siempre conlleva las sanciones establecidas anteriormente.

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Fuente original: Leer en Expansión
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