Una mujer montando un patinete eléctrico Shutterstock
Motor La DGT se pone seria: multas de 800 euros para los conductores de patinetes que no cumplan esta nueva normaDesde 2026, Tráfico ha implementado el registro obligatorio y la necesidad de un seguro de responsabilidad civil para circular con Vehículos de Movilidad Personal
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Myrian Moreno Publicada 2 febrero 2026 05:00hLos patinetes eléctricos son un medio de transporte ideales para moverse por la ciudad sin preocuparse por el aparcamiento, gracias a su diseño compacto y ligero.
La DGT advierte: circular con los neumáticos así puede costarte 200 euros de multaNo obstante, para moverse con seguridad y, sobre todo, evitar arriesgarse a una posible multa de 800 euros, conviene estar al tanto de la última noticia de la Dirección General de Tráfico (DGT).
Multas de hasta 800 euros
La DGT es el organismo responsable de la ordenación, vigilancia y control del tráfico y la seguridad vial en las carreteras de titularidad estatal.
Entre sus funciones figura también la regulación de los patinetes eléctricos o Vehículos de Movilidad Personal (VMP), estableciendo normas como la última aprobada en el Consejo de Ministros y publicada posteriormente en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Desde 2026, el departamento que dirige Pere Navarro ha implementado el registro obligatorio y la necesidad de un seguro de responsabilidad civil para circular con Vehículos de Movilidad Personal.
Así, todos los propietarios de patinetes (o los tutores legales en caso de menores), tienen que inscribir su VMP en el Registro Nacional de Vehículos a través de la DGT como paso previo a su aseguramiento obligatorio, establecido en la Ley 5/2025 de 24 de julio.
Los titulares podrán hacerlo de forma telemática en la sede electrónica de la web de la DGT y el teléfono 060 ofrecerá ayuda en el proceso en caso de necesitarlo.
Según lo dispuesto en la ley sobre responsabilidad civil y seguro, carecer de certificado será sancionado con entre 202 y 610 euros y circular con un VMP sin seguro con entre 250 y 800 euros si es considerado vehículo personal ligero o vehículo a motor por la citada Ley del Seguro.
✅ Aprobado el real decreto que regula el Registro Nacional de Vehículos Personales Ligeros, que establece la obligatoriedad de inscribir los patinetes eléctricos 🛴.
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) January 27, 2026
📰 Una vez publicado en el BOE, la inscripción podrá hacerse en nuestra sede digital.
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Tipos de patinetes y cómo inscribirse
En la actualidad, circulan dos tipos de vehículos de movilidad personal: los VMP que cuentan con el certificado de circulación y los VMP que no tienen el certificado de circulación.
En este primer caso, los patinetes cumplen los requisitos establecidos en el Manual de Características de los VMP. Su inscripción es muy sencilla: además de los datos del titular, se deberá consignar tanto el número de certificado y el número de serie.
"Una vez abonada la tasa administrativa correspondiente, el propietario obtendrá el número de inscripción", explica la DGT, quien, más tarde, expedirá el certificado de inscripción digital.
Por otro lado, a los conductores de patinetes eléctricos sin certificado de circulación, se les exigirá una serie de datos personales y una factura o ficha técnica o fotografía del VMP.
La identificación de este tipo de VMP tendrá carácter temporal y dejará de surtir efectos el 22 de enero de 2027, fecha a partir de la cual estos vehículos no podrán circular.
"Para todos los VPM, una vez obtenido el certificado de inscripción, en el que constará la información del titular y el número único identificativo, el titular podrá adquirir la etiqueta identificativa en un manipulador de placas habilitado".
Dicha etiqueta deberá colocarse en el porta-identificador destinado a tal efecto en el vehículo una vez que disponga de ella. En el caso del VMP no certificados,se podrá colocar en lugar visible.
Cambio de titularidad y baja
Si el VMP cambia de titular y este ha sido inscrito y cuenta con certificado de circulación en vigor, los intervinientes deberán solicitarlo en modelo oficial en el plazo de 30 días acompañado de la documentación antes citada, junto al número de identificación del vehículo y del titular.
Una vez solicitado, Tráfico expedirá un nuevo certificado de inscripción digital a nombre del nuevo titular y conservará el número de identificación del vehículo.
Respecto a la baja de los VMP, deberá realizarse en un centro autorizado para el tratamiento de vehículos al final de su vida útil. Estos establecimientos comunicarán por medios electrónicos la baja y destrucción de estos vehículos al Registro Nacional de Vehículos.