Alvise Pérez, durante una intervención en el pleno de la Eurocámara en Estrasburgo Parlamento Europeo
Política La Eurocámara levanta la inmunidad parlamentaria a Alvise Pérez por el caso de acoso a la fiscal delegada de ValenciaEl Parlamento concluye que el procesamiento no tiene nada que ver con la actividad del líder de SALF en Estrasburgo y que no se aprecia ningún indicio de persecución política.
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Juan Sanhermelando Bruselas Publicada 28 abril 2026 12:13h Actualizada 28 abril 2026 12:23h Las clavesLas claves Generado con IA
Vía libre al Tribunal Supremo para proceder contra el eurodiputado Luis 'Alvise' Pérez Fernández, líder de la formación antisistema Se Acabó la Fiesta (SALF), en la causa por acoso contra la fiscal delegada contra delitos de odio en Valencia.
El pleno del Parlamento Europeo ha aprobado este martes -en un voto a mano alzada- levantar su inmunidad parlamentaria, atendiendo al suplicatorio solicitado por el alto tribunal español.
Se trata del primer suplicatorio que aprueba la Eurocámara en relación con las cinco causas que el Tribunal Supremo mantiene abiertas contra Alvise Pérez. Además, el Parlamento Europeo tramita ya una segunda petición para levantar su inmunidad en la investigación por presuntos delitos electorales y de financiación ilegal de su partido.
El Supremo abre causa a ‘Alvise’ Pérez por revelación de secretos y acoso a los dos eurodiputados de ‘Se Acabó la Fiesta’El resto de las causas abiertas ante el Supremo contra el líder de Se Acabó La Fiesta todavía no han llegado a Estrasburgo. La tercera investiga la presunta difusión de una PCR falsa del entonces ministro de Sanidad Salvador Illa, mientras que la cuarta se centra en supuestos delitos de revelación de secretos y acoso a los dos eurodiputados que concurrieron con él por SALF, Diego Solier y Nora Junco.
Además, el pasado 19 de marzo el Supremo abrió un nuevo procedimiento contra Alvise Pérez por un presunto delito de "amenazas condicionales" al alcalde de Algeciras.
En el suplicatorio aprobado este martes se señala que, en enero y febrero de 2024, Alvise Pérez supuestamente publicó en su canal de Telegram declaraciones en las que señalaba a la fiscal delegada de Valencia como una de las "responsables de la persecución ideológica llamada delitos de odio".
Estos mensajes en el canal 'Alvise Pérez Chat' "generaron una reacción inmediata de numerosos seguidores del canal, que enviaron más de 1 500 comentarios a dicha fiscal delegada, en su mayoría de carácter insultante".
El Supremo considera que esta conducta puede constituir delitos de hostigamiento o acoso, incitación a perpetrar agresiones contra una autoridad o un funcionario público, y coacción o difusión del odio a través de las redes sociales.
La Eurocámara ha concluido que "los delitos presuntamente cometidos no constituyen una opinión expresada o un voto emitido por Alvise Pérez en el ejercicio de sus funciones".
"En este caso, el Parlamento no ha podido determinar la existencia de fumus persecutionis, a saber, de elementos de hecho que indiquen que la actuación judicial en cuestión se inició con la intención de causar un perjuicio a la actividad política de Alvise Pérez en su calidad de diputado", señala la resolución.