Fue citada este lunes por el juzgado dos meses después de que este órgano admitiera la querella por seis delitos y el regidor Manuel Bautista viera una «cacería» contra él
Regala esta noticia Añádenos en Google La exconcejala que denunció al alcalde de Móstoles a su llegada al Juzgado de violencia contra la mujer de Móstoles. (EP)C. P. S.
Madrid
29/06/2026 Actualizado a las 11:03h.La exconcejal del Partido Popular que se querelló contra el alcalde de Móstoles, Manuel Bautista, por presunto acoso sexual y laboral ha acudido este lunes ... al juzgado para ratificar su denuncia y prestar declaración por primera vez ante la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Móstoles. La querellante sostiene que ha sido víctima de acoso por parte del regidor municipal durante su etapa en el consistorio y que los canales internos del PP de Madrid, conocedores de estos hechos, no le dieron respuesta.
que fue admitida a trámite el pasado abril tras la petición de la Fiscalía, atribuye a Bautista los delitos de acoso sexual, acoso laboral, lesiones, coacciones, revelación de secretos y atentado contra la integridad moral. La comparecencia de este lunes marca el primer paso formal de la exedil ante el tribunal para ratificar los hechos denunciados y prestar declaración como perjudicada.En paralelo, la defensa de Manuel Bautista solicitó el archivo del procedimiento al considerar que los hechos expuestos responden a diferencias políticas y no tienen encaje penal. Además, en su recurso contra la admisión a trámite de la querella reclamó que se suspendan las diligencias previstas, incluida la exploración médica forense, hasta que se resuelva su solicitud.
El alcalde, que ya descartó dimitir tras conocerse la apertura del procedimiento, ha defendido públicamente su inocencia y ha calificado el caso como una «cacería». En declaraciones previas, aseguró que demostrará su versión «cuando llegue el momento» aportando «pruebas», al tiempo que denunció lo que considera una campaña política en su contra.
«Discrepancias políticas y organizativas»
El recurso de reforma, de 74 páginas, argumenta que la denuncia no describe ninguna solicitud de favores sexuales ni conductas que puedan considerarse inequívocamente de naturaleza sexual, por lo que entiende que no concurren los elementos exigidos por el artículo 184 del Código Penal. Respecto al presunto acoso laboral y al delito contra la integridad moral, sostiene, como decimos, que los hechos descritos responden a «discrepancias políticas y organizativas» surgidas en el seno del grupo municipal y del partido, y defiende que se trata de una controversia ajena al ámbito penal.
Asimismo, señala que buena parte de los episodios denunciados se remontan a 2023 y que las eventuales acciones en el ámbito laboral se encontrarían ya prescritas. Ahora será el propio órgano judicial quien deba resolver el recurso presentado por el alcalde antes de decidir si mantiene abierta la investigación o estima las pretensiones de la defensa.
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