Considera que, tras un año de instrucción, no «hay una base indiciaria sólida para sostener racionalmente la acusación»
Regala esta noticia Añádenos en Google Registro de la sede de Sidenor. (EC)Ana Barandiaran
Bilbao
21/09/2026 Actualizado a las 18:07h.La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha pedido el archivo de la causa abierta contra el presidente de Sidenor, José Antonio Jainaga, y otros dos ... directivos de la compañía por las ventas de acero a la empresa armamentística israelí, IMI Systems. El Ministerio Público considera que la investigación abierta por el juez instructor Francisco de Jorge por los delitos de contrabando y participación por complicidad en un delito de lesa humanidad o de genocidio ha cumplido un año de diligencias y «no hay una base indiciaria suficientemente sólida para sostener racionalmente la acusación». Señala que no se ha acreditado que las exportaciones analizadas vulnerasen la normativa sobre comercio exterior para los productos de doble uso, civil y de defensa. Rechaza, por tanto, la apertura de juicio oral.
El origen del caso está en una querella presentada por la Asociación Comunitat Palestina de Catalunya-Terra Santa. La organización sostenía que Sidenor había enviado 989 toneladas de acero a una empresa israelí entre agosto de 2024 y junio de 2025 sin disponer de la autorización administrativa necesaria. Los directivos de la siderúrgica siempre han sostenido que el acero en cuestión era de baja aleación y no figuraba en el catálogo que obligaba a comunicar ni a pedir permiso para su venta.
Ahora, después de las diligencias realizadas durante más de un año, la Fiscalía considera que no existen elementos suficientes para mantener abierta la causa. La petición de archivo llega después de que la fiscal Manuela Fernández haya mostrado en numerosas ocasiones sus recelos ante esta investigación. Basta recordar que se mostró a favor de anular por «inadecuado y desproporcionado» el registro de la sede de Sidenor. También rechazó la personación en la acusación particular del médico gazatí Refasat T. A. Alathamma, sin cuya presencia en el caso como víctima de los bombardeos en Gaza perpetrados por Israel quedó sin recorrido la acusación de participación por complicidad en un delito de lesa humanidad o de genocidio. Ambas posiciones fueron avaladas por la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional, que enmendó al juez instructor.
No incluido en el listado
En la solicitud de archivo la fiscal arguye que tampoco hay base para el delito de contrabando puesto que el acero exportado por Sidenor «no se encontraba incluido en los listados reglamentarios de materiales expresamente clasificados como material de defensa o producto de doble uso». Esta última categoría comprende bienes que, pese a tener aplicaciones civiles, reúnen características técnicas que permiten también su utilización con fines militares.
La investigación tampoco habría permitido acreditar de manera concluyente que las partidas enviadas a Israel fueran finalmente utilizadas para fabricar sistemas de armamento concretos. La Fiscalía entiende que el hecho de que la empresa compradora esté vinculada a la industria militar israelí no basta por sí solo para concluir que el acero suministrado por Sidenor terminara incorporado a la fabricación de armas. De hecho, señala que no se ha podido determinar cuál fue el destino final concreto del material.
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