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El presidente de Sidenor José Antonio Jainaga, en el centro, sale la Audiencia Nacional junto a los dos directivos investigados. EP La Policía intervino los teléfonos y el correo del presidente de Sidenor durante el registroEl juez autorizó también la incautación de los dispositivos del director comercial ante los indicios de que el «grupo criminal» conocía que el comprador del acero era un fabricante de armas israelí
Viernes, 13 de febrero 2026, 11:55 | Actualizado 12:24h.
... de la multinacional José Antonio Jainaga, del director comercial Íñigo Molero y de cualquier otro trabajador de este departamento en busca de «pruebas relevantes» sobre su conocimiento del presunto contrabando de acero a un consorcio militar israelí en plena guerra de Gaza. auto de entrada y registro en la sede de la compañía en Basauri, que tuvo lugar el pasado martes y al que ha tenido acceso este periódico, los agentes de la Comisaría General de Información y de Vigilancia Aduanera llevaron a cabo delante de los investigados y/o de sus representantes legales la operación de clonado y volcado de los dispositivos desde sus originales. El objetivo es que toda la información recabada sea sometida «al urgente análisis informático forense para obtener la información y pruebas vinculadas a los hechos investigados y determinar con precisión la participación de los distintos acusados y las comunicaciones mantenidas entre los miembros del grupo criminal», según recoge la resolución.En el misma auto se autoriza también a los investigadores a llevarse aquellos otros ficheros en los que pudiera encontrarse documentación de interés, como las actas del Comité Ejecutivo de Sidenor, o proceder al registro de las mismas carpetas almacenados en dicho cloud (memoria digital) a fin de permitir un clonado adecuado. Del mismo modo, los agentes estuvieron habilitados para aprehender los objetos, vestigios, instrumentos, documentos o cualquier otro elemento probatorio que pudiera encontrarse en dichos lugares y que guardasen relación con los delitos objeto de la investigación.
La diligencia autorizada por el juez Francisco de Jorge, de la Audiencia Nacional, se produjo en el marco de una pieza separada secreta, llamada «JG O1», que fue incoada el pasado 8 de enero. Es decir, los investigadores policiales estuvieron un mes preparando el terreno para la entrada y registro del martes en la siderúrgica. Una vez que se llevó a cabo esta actuación, el instructor levantó el carácter secreto y ordenó a los funcionarios del juzgado incorporar toda la documentación a la causa principal.
La justificación del magistrado para llevar a cabo el registro es que los investigados conocían sobradamente que el adquirente era un fabricante de armas y participaron en la decisión de vender el acero a sabiendas de que su destino iba a ser, presumiblemente, la fabricación de armas o material de defensa para ser usado en la invasión de Gaza. Lo hicieron -asegura en el auto- sin solicitar la correspondiente autorización al Gobierno y sin inscribirse en el registro correspondiente, tal como consta en el oficio de la Comisaría General de Información de 19 de septiembre pasado.
Ello pese a que el juez contó con la opinión contraria de la Fiscalía para el citado registro, ya que ésta era partidaria de limitarlo a un requerimiento de información a la delegación de Sidenor en Londres, donde habría tenido lugar la venta del acero no aleado al consorcio militar israelí IMI: se entregaron 42 partidas entre enero de 2023 y junio de 2025, unos 4.500 toneladas valoradas en 5,8 millones de euros. Precisamente, la querella de la Asociación Comunitat Palestina de Catalunya-Terra Santa asegura que el último envío realizado desde Barcelona tuvo lugar el 10 de junio de 2025, cuando Sidenor, a través del carguero MV Vela, entregó 393 toneladas de acero a su comprador a través del puerto de Haifa (Israel).
Debate jurídico
La discusión jurídica se centra en la interpretación de la normativa. En concreto, en si el acero vendido figuraba en las limitaciones de control especial de la regulación española y comunitaria que supervisa la venta de este material al extranjero. Según indicó la compañía en un comunicado, «ninguno de los aceros vendidos por Sidenor a Israel corresponden a la descripción detallada», ni en el Real Decreto español que regula el comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso, ni en el reglamento europeo por el que se establece un régimen de control de las exportaciones, el corretaje, la asistencia técnica, el tránsito y la transferencia de productos de doble uso. Además, minimizaron que los envíos denunciados representaron «menos del 0,2% de la ventas totales anuales de a la empresa».
Sin embargo, el abogado de la asociación querellante, David Aranda, explicó en noviembre pasado, durante la declaración de José Antonio Jainaga, Íñigo Molero y Marco Pineda, director de desarrollo corporativo de la siderúrgica, que lo que se está investigando no es el tipo de acero comercializado, sino si el material en cuestión puede ser empleado para la fabricación de armamento y, por tanto, tenía que haber cumplido con los trámites administrativos de autorización previa.
En este sentido, el juez explica en su último auto que según la normativa nacional la venta esta prohibida «cuando el exportador tenga conocimiento o tenga motivos para sospechar que estos materiales se destinan o pueden destinarse, total o parcialmente, a cualquiera de los usos a los que hace referencia». Por lo tanto, la diligencia de entrada y registro del martes iba encaminada a hacer acopio de pruebas de que los investigados conocían el destino final del acero.
Ello pese a que en sus declaraciones judiciales presentaron versiones de los hechos que los exculpan por no estar al tanto de la operación o no saber que se trataba de materiales destinados a la fabricación de armamento, alegando desconocimiento por no ser fabricantes de aceros especiales para este fin o incluso trasladando la responsabilidad a la delegación de la empresa en Londres.
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