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La Seguridad Social confirma: puedes jubilarte a los 51 años si cumples esta condición de tu contrato

La Seguridad Social confirma: puedes jubilarte a los 51 años si cumples esta condición de tu contrato
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Los coeficientes reductores tienen criterios específicos para quienes desean acceder a la pensión de jubilación anticipada. Leer
ECONOMÍALa Seguridad Social confirma: puedes jubilarte a los 51 años si cumples esta condición de tu contrato
  • DANIEL ÁLVAREZ
Actualizado 1 JUL. 2026 - 11:45DREAMSTIMEEXPANSION

Los coeficientes reductores tienen criterios específicos para quienes desean acceder a la pensión de jubilación anticipada.

La Seguridad Social ha confirmado que es posible jubilarse antes de los 52 años bajo ciertos requisitos.

Detalles sobre las condiciones

Según la Seguridad Social, existen varias condiciones que se deben cumplir para poder acceder a la pensión de jubilación a los 52 años, y antes en algunos casos específicos.

La primera condición para jubilarse a los 52 años es tener una discapacidad igual o superior al 65%. Como segundo requisito, el trabajador debe cotizar 15 años en total, de los cuales al menos 5 años deben ser con la discapacidad reconocida. Y, como tercer requisito, debe trabajar durante 2 años dentro de los 15 años anteriores a la jubilación.

Por ejemplo, en el caso de un trabajador con la discapacidad reconocida desde los 20 años que cotiza de los 20 a los 35 años, se cumplen los requisitos de cotización total y de tiempo con discapacidad.

Sin embargo, si deja de trabajar y no registra al menos 2 años cotizados entre los 37 y los 52 años, no podrá jubilarse a los 52 años.

Los coeficientes reductores

Es importante recordar que estas leyes se basan en los coeficientes reductores, que cambian dependiendo de la situación de discapacidad de la persona que trabaja. Si un trabajador tiene una discapacidad del 65%, cuenta con un coeficiente reductor de 0,25. Esto significa que, por cada año que trabaja, se le restan 3 meses de la edad de jubilación.

En el caso de que alguien además necesite la ayuda de una tercera persona, el coeficiente sube a 0,50. Esto significa que, por cada año que trabaja, se le descuentan 6 meses de la edad de jubilación.

Si un trabajador tiene estas condiciones, tendrá el 100% de su base reguladora. En otras palabras, el Gobierno no castiga al trabajador por jubilarse antes, tiene un 0% de penalizaciones.

¿Cómo se puede jubilar a los 51 años?

Según el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la aplicación de los coeficientes no se puede realizar para que alguien acceda a la pensión de jubilación antes de los 52 años.

Por otra parte, los "trabajadores de regímenes especiales" tienen la posibilidad de jubilarse antes de los 52 años, pero con un criterio específico. Estos trabajadores de los regímenes especiales son los que trabajan en profesiones de extremo peligro y dureza.

Por ejemplo, esto incluye a los trabajadores de la minería del carbón y a los trabajadores del mar.

Sin embargo, esta ley por sí sola no deja a los trabajadores acceder a la jubilación antes de los 52 años: hay otro criterio imprescindible. El criterio es que los mineros del carbón y los trabajadores del mar tienen que haber sido reconocidos con estos derechos antes del 1 de enero de 2008.

Esto es porque el 1 de enero de 2008, entró en vigor el cambio de la ley impidiendo jubilarse antes de los 52 años si un trabajador del régimen especial empezaba a trabajar después de ese día.

De cualquier forma, esto no afecta a los trabajadores de regímenes especiales que empezaron a trabajar antes de ese día.

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Fuente original: Leer en Expansión
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