Gasolineras de Madrid David Zorrakino Europa Press
Observatorio de la Energía Las gasolineras que aprovechen las ayudas estatales para subir sus beneficios se identificarán en una lista públicaEste miércoles entra en vigor una reforma del RDL 7/2026.
El objetivo es endurecer el control sobre el mercado de carburantes.
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Laura Ojea Publicada 1 julio 2026 07:30h Las clavesLas claves Generado con IA
Este miércoles entra en vigor la reforma del Real Decreto-ley 7/2026 que fue aprobada en el Consejo de Ministros para endurecer el control sobre el mercado de carburantes.
Incluye medidas impulsadas por el Ministerio de Consumo para hacer efectivo ese control y blindar los derechos de los consumidores.
Entre las principales medidas se encuentra la de informar a los consumidores y usuarios si hay estaciones de carburantes que puedan estar aprovechándose de las ayudas estatales de protección por la guerra de Irán (como el descuento por litro de hidrocarburo) para aumentar sus beneficios.
Operadores y distribuidores de carburantes se reúnen con la CNMC para pedir un refuerzo de la vigilancia del fraudeEsta información se ofrecerá a través de una lista pública por “comportamiento anómalo” que se ha habilitado en la web de la CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) para dar la posibilidad de reclamar.
Para ello, la propia CNMC vigilará los márgenes de beneficio de todas las estaciones de carburantes. Y esta es otra novedad, ya que, hasta el momento, el artículo 28 original del RDL 7/2026 sólo obligaba a reportar sus datos a aquellos operadores que tuvieran capacidad de refino en España.
Ahora, con esta modificación normativa, se ha eliminado esa limitación y todos los operadores al por mayor están obligados a desglosar sus costes reales y precios de venta hasta el 31 de diciembre de 2026, estableciéndose como una infracción grave el incumplimiento de este deber de información.
De esta manera, la CNMC podrá comprobar en qué gasolineras existen anomalías, es decir, en qué estaciones suben el precio de sus carburantes sin justificar que esa subida corresponde a un incremento de sus costes reales.
Y los nombres de aquellas gasolineras en las que haya indicios de comportamientos anómalos serán publicados en esta lista pública.
Una medida que no sólo garantiza un mecanismo disuasorio y de señalamiento público para evitar que se produzcan esos abusos por parte de los operadores de carburantes, sino que, además, servirá como base para que los consumidores puedan presentar reclamaciones al titular o gestor de la estación de carburante o, en su caso, a las autoridades competentes de consumo.
Al mismo tiempo, este nuevo mecanismo impone nuevas obligaciones a las gasolineras para garantizar este cumplimiento, como el de habilitar un canal de reclamación visible, accesible y gratuito tanto en el propio establecimiento como en su página web, y tendrá que estar disponible hasta tres meses después de salir de la lista pública.
También se introduce la responsabilidad compartida, es decir, si el precio lo ha fijado un tercero, la gasolinera deberá facilitar al consumidor la identidad y contacto del distribuidor mayorista para que pueda así presentar la reclamación económica contra el responsable de fijar el precio.
Si la empresa rechaza la reclamación del consumidor, esta deberá informarle de las vías disponibles para resolver el conflicto sin acudir a los tribunales, explicarle cómo acceder a ellas y facilitarle los datos de los organismos competentes para que pueda ejercer sus derechos.