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Política

Los jueces de Vigilancia Penitenciaria revocan el tercer grado concedido por el Gobierno vasco a dos miembros de ETA

Los jueces de Vigilancia Penitenciaria revocan el tercer grado concedido por el Gobierno vasco a dos miembros de ETA
Artículo Completo 423 palabras
La Audiencia Nacional rechaza el beneficio penitenciario para el ex jefe 'militar' de la banda José Antonio Olarra Guridi y al autor del atentado mortal de Santa Pola Óscar Celarain Leer

El juzgado de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional ha revocado dos terceros grados concedidos por el Gobierno vasco a dos miembros de ETA, Juan Antonio Olarra Guridi y Óscar Zelarain. Lo hacen en ambos casos al estimar los recursos de la Fiscalía frente a las progresiones de grado acordados por la consejería de Justicia.

En sendos autos, la Plaza 1 de la Sección de Vigilancia Penitenciaria del Tribunal Central de Instancia considera que en este momento no se dan los requisitos legales para la concesión de tales medidas.

Olarra Guridi fue jefe militar de la banda terrorista. En su caso, el magistrado José Luis Castro indica que está condenado a penas que acumuladas suman el máximo de 30 años de prisión y que, aunque se observa una "evolución positiva" del penado, el licenciamiento definitivo no se prevé hasta el año 2036.

En línea con el fiscal, el juez explica que los procesos de desvinculación y reinserción "cuando concurren pluralidad de víctimas, violencia extrema y alta lesividad" requieren "tiempos prolongados de verificación", puesto que debe acreditarse una trayectoria sostenida en el tiempo. Olarra cuenta con condenas por, entre otros delitos, asesinato y estragos.

El auto hace constar la evolución positiva del preso, pero concluye que no cabe acceder al tercer grado acordado por la Viceconsejería de Justicia del Gobierno Vasco "ya que debe constatarse la consolidación de factores positivos existentes en el periodo del 100.2 RP, especialmente a través de las salidas al exterior (permisos) que permitan afianzar el pronóstico individualizado de reinserción". Hace referencia al régimen del 100.2 previsto en el Reglamento Peinitenciario en el que está actualmente el preso, muy similar a la semilibertad.

En el caso de Óscar Celarain, se acoge "íntegramente" la posición del Ministerio Público, según indica la magistrada María de los Reyes Jimeno. El fiscal se opuso al tercer grado argumentando que en su caso todavía no se ha avalado judicialmente la aplicación del artículo 100.2 y que, por tanto, no ha habido tiempo de consolidar su eficacia tratamental, por lo que "la progresión de grado es prematura y precipitada".

Celarain acumula numerosas condenas que suman más de 800 años de prisión. La más grave de ellas, la del atentado contra la casa cuartel de Santa Pola (Alicante), en el que murieron una niña de seis años y un hombre que esperaba el autobús. Otras 51 personas resultaron heridas.

Fuente original: Leer en El Mundo - España
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