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La vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, tras el Consejo de Ministros. Efe Los nuevos derechos de los becarios llegan al Congreso sin visos de ver la luzProhibido pagar por formarse, obligación de compensar los gastos, límites al número de estudiantes... son algunas de las medidas que recoge el texto aprobado este martes por el Consejo de Ministros
Madrid
Martes, 3 de marzo 2026, 14:33
... de estudiantes en prácticas, pone rumbo al Congreso tras ser aprobado este martes en segunda vuelta por el Consejo de Ministros. Este proyecto de ley busca erradicar prácticas como la de los falsos becarios, poner punto y final a los abusos laborales sobre este colectivo imponiendo límites y obligaciones a las empresas que los acogen y blindarles ciertos derechos, como el de compensación de gastos como los de transporte o manutención.Las nuevas obligaciones de las empresas
Si finalmente esta norma llegara a ver la luz, las empresas estarán obligadas a firmar un acuerdo o un convenio de cooperación con el centro formativo autorizado que recoja, entre otros aspectos, la duración máxima de los periodos de prácticas laborales, los planes de formación individual con itinerarios formativos y la adscripción a una persona tutora designada por la empresa en coordinación con la persona tutora del centro educativo.
Cada persona tutora podrá tener, como máximo, de modo simultáneo, a cinco personas en formación práctica, que serán tres en el caso de centros de trabajo de menos de treinta personas de plantilla.
A su vez, el número de personas en formación práctica no podrá superar el veinte por ciento de la plantilla total del centro de trabajo, aunque, independientemente de su tamaño, cualquier empresa podrá tener a dos personas en formación práctica no laboral.
Los nuevos derechos de los becarios
Para evitar la discriminación económica, se prohíbe el acceso a la formación práctica mediante el pago. Además, se establece el derecho a la compensación de gastos.
Las personas en prácticas también tendrán derecho a acceder a todos los servicios con los que cuenten las personas trabajadoras en el centro de trabajo, como el de comedor, gimnasio, párking...
De igual manera, se reconoce el derecho a que se respeten los límites y descansos, incluidos días festivos y vacaciones, fijados en las normas legales y convenios colectivos que resulten aplicables a las personas trabajadoras que prestan servicios en la empresa.
Se deberá garantizar la compatibilidad de estas prácticas con el resto de la actividad formativa en el centro de formación, así como, en su caso, siempre que la disponibilidad de la empresa lo permita, con la actividad laboral.
También se establece el derecho a la protección de la seguridad y salud frente el acoso, ya que la práctica formativa se desarrolla en el marco de la empresa o institución ajena al centro académico.
Con esta norma queda delimitada la frontera entre las relaciones laborales y las actividades formativas, lo que aporta, además, seguridad jurídica para las personas en prácticas y facilita la labor inspectora, que también dispondrá de un régimen sancionador más riguroso con multas de hasta 225.018 euros en su grado máximo.
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