La sentencia de la Audiencia Provincial de Badajoz sobre el caso del 'hermanísimo' conocida esta semana no ha frenado las estrategias judiciales ni de los abogados de los condenados ni tampoco los de la acusación. El último movimiento lo protagoniza el sindicato 'Manos Limpias', que fue quien presentó la querella en mayo de 2024 en el Juzgado nº3 de Badajoz por el que comenzó la investigación judicial. Ahora, acaba de solicitar al tribunal la "aclaración, subsanación y complemento de la referida resolución judicial" al considerar que Miguel Ángel Gallardo, ex presidente de la Diputación, tuvo responsabilidad al ser el máximo dirigente de esta institución en la contratación irregular de Luis María Carrero, el amigo personal de David Sánchez Pérez-Castejón, que estaba trabajando como asesor de Comunicación en el Palacio de Moncloa y que pasó a trabajar en enero de 2024 al servicio del hermano del presidente del Gobierno en el organismo provincial.
Se trata del llamado 'Bloque C' de la sentencia, que hace referencia al 'hermanito', término con el que se dirigía por correo electrónico Luis María Carrero cuando desde Moncloa trabajaba ya como colaborador de David Sánchez para la Diputación antes de que se crease una plaza confeccionada para él, según se recoge en los hechos probados de la sentencia. Gallardo ha sido declarado culpable por prevaricación (18 años de inhabilitación) en los denominados 'Bloque A' (confección de la plaza de Coordinador de Actividades Musicales de los Conservatorios y su adjudicación al músico madrileño) y por el 'Bloque B' (creación de un nuevo puesto de alto cargo para David Sánchez, ya estando dentro del organigrama de la Diputación, el de Jefe de la Oficina de Artes Escénicas, y por las "preferencias personales" del hermano del presidente del Gobierno).
Durante la sesión del juicio, Juan José Torres, abogado de Miguel Ángel Gallardo consiguió que el ex secretario general de los socialistas extremeños no fuera acusado por esta cuestión al exponer que en la fase de instrucción nunca fue investigado, ni interrogado, por esta cuestión, ni tampoco la juez Beatriz Biedma apuntó indicios contra él en este apartado en el auto de procedimiento abreviado. La magistrada consideró entonces que no se trataba de la contratación de un alto cargo (como sí ocurrió con David Sánchez) y por lo tanto el presidente de la Diputación no tenía responsabilidad en el concurso que propició la plaza (sólo se presentó el ex asesor de Moncloa al puesto) para Luis Carrero.
Por esta responsabilidad sí fueron condenados por prevaricación a nueve años de inhabilitación el propio Carrero; el Diputado de Cultura y ex líder del PSOE de Badajoz, Ricardo Cabezas, y el director del Área de Identidad Cultural, Manuel Candalija.
Por el contrario, el ex líder del PSOE ha salido absuelto de la creación del puesto de Jefe de Sección de Centros y Programas Transfronterizos que ocupó Luis María Carrero: "Sobre dicho delito, en trámite en cuestiones previas, se expulsó por la Sala del ámbito subjetivo de enjuiciamiento la acusación exclusivamente frente al acusado don Miguel Á. Gallardo, reservándose, en todo caso, esta parte del derecho a volver a querellarse por tal concepto contra el mismo", señala Manos Limpias en su escrito a la Audiencia de Badajoz. En este sentido, añade que dicho tribunal "debe pronunciarse sobre todas las cuestiones planteadas por las partes, entre las que se encuentra la reserva formulada y ello para evitar la indefensión de la acusación y garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva, motivo por el que solicitamos se complete la sentencia, pronunciándose sobre dicha reserva de acciones penales y civiles contra Miguel Ángel Gallardo".
Además, 'Manos Limpias' pide que en la sentencia se detalle las acusaciones concretas que hizo cada acusación popular en las conclusiones definitivas ("esta omisión no es una cuestión meramente formal sino que afecta a la integridad del objeto del proceso". En este sentido, añade que la sentencia, en su fundamentación jurídica alude a un posible "fraude de ley" o intento de eludir la prescripción (del bloque A correspondiente a David Sánchez) mediante la mutación de calificaciones jurídicas, pero el sindicato señala que esta crítica no es aplicaba a su trabajo en la Sala y recuerda que aceptaron la prescripción del delito que solicitó el abogado del hermano del presidente del Gobierno.
ASOCIACIÓN DE LA MAGISTRATURA
Por otra parte, este viernes la Asociación Profesional de la Magistratura ha emitido un comunicado en el que alerta sobre la "la deslegitimación sistemática de los jueces" cuando las resoluciones "no coinciden con las expectativas" erosiona la confianza en la justicia. Todo ello en relación a la sentencia conocida esta semana sobre el caso de David Sánchez.
Dicha asociación se ha referido a las manifestaciones públicas que se han hecho en torno a la sentencia que condena a 9 años de inhabilitación para ejercer cargo público al hermano del presidente del Gobierno: "En un estado de derecho las resoluciones judiciales pueden y deben ser objeto de crítica jurídica, y en su caso de los recursos legalmente previstos", pero "son incompatibles con el respeto, debido a la independencia judicial, las descalificaciones personales o las manifestaciones que atribuyen a los jueces motivaciones ajenas al ejercicio imparcial de su función jurisdiccional", ha señalado.
Así, considera que "los jueces resuelven los asuntos mediante resoluciones motivadas, fundadas en el ordenamiento jurídico y sujetas al control de los tribunales superiores a través del sistema de recursos; ese es el cauce propio de un Estado de derecho".
De otro lado, ha expresado su respaldo institucional "al compañero que ha intervenido en este procedimiento y a todos los integrantes del Poder Judicial que ejercen su función con sometimiento exclusivo a la Constitución y a la ley".
Además, ha hecho un llamamiento a todos los responsables públicos para que sus manifestaciones "contribuyan al respeto de las instituciones y preserven la confianza de los ciudadanos en la Justicia".
Por último, añade que "la deslegitimación sistemática de los jueces cada vez que una resolución no coincide con las expectativas de una de las partes no solo afecta a quienes la dictan, sino que erosiona la confianza de los ciudadanos en una de las instituciones esenciales del Estado de derecho"