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Marlaska podrá clasificar como "confidencial" información que según él afecte a "intereses de España" sin llevarlo al Congreso

Marlaska podrá clasificar como "confidencial" información que según él afecte a "intereses de España" sin llevarlo al Congreso
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Una orden ministerial en fase de audiencia pública permite, sin rango de ley y con posible afección a derechos fundamentales, limitar el acceso a expedientes. La norma incluye también las categorías de información de "difusión limitada" y de carácter "sensible": hasta 11 cargos tendrán poder para restringir. Más información: Interior podrá pedir datos al CNI para garantizar la "idoneidad" de los empleados de infraestructuras estratégicas.

El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, durante la sesión de control al Gobierno, en el Congreso. EP

Política TRANSPARENCIA Marlaska podrá clasificar como "confidencial" información que según él afecte a "intereses de España" sin llevarlo al Congreso

Una orden ministerial en fase de audiencia pública permite, sin rango de ley y con posible afección a derechos fundamentales, limitar el acceso a expedientes.

La norma incluye también las categorías de información de "difusión limitada" y de carácter "sensible": hasta 11 cargos tendrán poder para restringir.

Más información: Interior podrá pedir datos al CNI para garantizar la "idoneidad" de los empleados de infraestructuras estratégicas.

Publicada 3 abril 2026 02:51h

Las claves nuevo Generado con IA

El Ministerio del Interior está tramitando una norma interna que le permitirá clasificar buena parte de la información que maneja apelando a unos genéricos "intereses de España".

Se trata de un proyecto de orden ministerial que, bajo el título de Política de seguridad de la información clasificada nacional y de la información sensible del Ministerio del Interior, crea una categoría nueva que amplía el perímetro de opacidad dentro del departamento que dirige Fernando Grande‑Marlaska.

El texto aún no ha llegado al Boletín Oficial del Estado, y nunca irá al Congreso ni al Senado, a pesar de que marca un antes y un después en el control político sobre qué puede conocerse y qué no de la actividad de Interior.

La orden permite a Interior declarar "confidencial" la información cuya difusión pueda causar "una amenaza o un perjuicio" a los "intereses de España". Y crea un nuevo cuerpo de autoridades capacitadas para y restringir como "de difusión limitada" aquella cuya revelación sea "contraria" a esos mismos intereses.

Estas fórmulas abiertas no remiten a un catálogo cerrado de supuestos, sino a valoraciones que hará la propia cúpula del Ministerio sobre expedientes policiales, penitenciarios, de seguridad o de coordinación con otros Estados.

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En la práctica, se abre una puerta trasera para blindar desde informes internos hasta comunicaciones con otros organismos cuando se considere que su publicidad incomoda al Gobierno.

Reserva de ley

Todo este sistema se diseña y se aprobará sin pasar por las Cortes. La herramienta elegida no es una ley, sino una orden ministerial firmada por el propio Marlaska, lo que podría vulnerar el principio constitucional de reserva de ley, según fuentes parlamentarias.

Y es que el régimen de clasificación que establece condiciona de forma directa el ejercicio del derecho de acceso a la información pública y afecta a la libertad de información. El debate sobre los límites al secreto de Estado y a la transparencia se desplaza así del Parlamento a un texto interno que solo controla el propio Ejecutivo.

El proyecto de Interior no se limita a fijar dos niveles de clasificación, sino que crea toda una escala paralela de "información sensible".

Esa etiqueta, que no existe en la vieja Ley de Secretos Oficiales de 1968, se aplicará a documentos que, sin llegar a clasificados, también verán restringido su acceso y su difusión.

Dentro de la información sensible se distinguen hasta tres subniveles: "uso oficial", "uso interno" y "uso público", con límites específicos para cada uno.

Categoría Definición básica Quién la aplica (ámbito Interior) Plazo de vigencia orientativo Efectos prácticos sobre el acceso Confidencial Información cuya revelación no autorizada pueda causar una amenaza o perjuicio a los intereses de España. Ministro, Secretaría de Estado, Subsecretaría, SGIP, DGP, DGGC, DGCyE, CITCO, Sub. Geral. Sistemas de Información y Comunicaciones para la Seguridad, DAO Policía y GC. No se detalla en la memoria; se prevé régimen de revisión y desclasificación en la orden. Acceso muy restringido; aplicación estricta del principio de «necesidad de conocer». Difusión limitada Información cuya revelación no autorizada pueda resultar contraria a los intereses de España. Mismos órganos que en «Confidencial», con facultad de clasificación propia. No se concreta en la memoria; sujeta a un régimen de revisión similar. Difusión restringida a un círculo reducido de destinatarios autorizados. Información sensible – uso oficial Información no clasificada, pero que debe limitar su acceso y circulación al ámbito de Interior o colaboradores. Órganos con competencia en la materia y autoridades de clasificación, según la política de seguridad departamental. 5 años, prorrogables dos veces por períodos de 5 años (hasta 15 años en total). Solo accesible para personal de Interior o quienes trabajen para él; fuerte limitación de difusión externa. Información sensible – uso interno Información que solo puede circular dentro del propio Ministerio, salvo instrucciones específicas. Autoridad competente en cada unidad, siguiendo la política marcada por la orden. No se precisa en la memoria; sujeto a instrucciones de la autoridad de calificación. Queda cerrada al exterior; no se distribuye fuera de Interior salvo decisión expresa. Información sensible – uso público Información que puede difundirse, aunque sometida a la normativa general aplicable. Órganos de Interior responsables de cada materia. Sin plazo específico; rige el régimen general de conservación de documentación. Acceso y difusión posibles, salvo límites legales generales (datos personales, seguridad, etc.).

La "información sensible de uso oficial" sólo podrá circular dentro del Ministerio del Interior o entre personas y entidades que trabajen para él, y se someterá a un plazo de vigencia de cinco años.

Ese plazo será prorrogable dos veces más por periodos de otros cinco años, lo que en la práctica puede llevar a mantener cerrados determinados expedientes hasta 15 años sin que exista un mandato legal externo que obligue a su revisión.

La categoría "uso interno" se reserva a documentación que ni siquiera saldrá del propio departamento, salvo instrucciones específicas.

Críticas de órganos consultivos

Todo este entramado se regula mediante una simple orden ministerial, al margen del Proyecto de Ley de Información Clasificada que sigue bloqueado en el Congreso y que ha recibido críticas del Consejo de Estado, el Consejo de Transparencia, el CGPJ (Consejo General del Poder Judicial) y el Consejo Fiscal.

Fuentes parlamentarias consultadas recuerdan que el artículo 105 de la Constitución, que reconoce el derecho de acceso a archivos y registros administrativos, exige una regulación por ley de sus límites, no por una norma interna dictada por el propio departamento afectado.

"Si una orden condiciona de facto qué se puede conocer y qué no, y durante cuánto tiempo, está entrando en un terreno que corresponde al legislador, no al ministro", señalan las mismas fuentes.

Pese a la envergadura del cambio, Interior sostiene en su memoria de impacto normativo que la nueva política de seguridad "no impacta en la protección de datos personales" y que "no tiene coste presupuestario relevante".

El propio documento reconoce, sin embargo, que la información que se gestionará con estos sellos incluye datos especialmente "sensibles" del ámbito policial, penitenciario y de seguridad.

Aspecto Antes (Acuerdo CM 28‑11‑1986 + práctica Interior) Después (proyecto de orden ministerial) Norma básica Ley de Secretos Oficiales de 1968 y Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de noviembre de 1986. Orden ministerial de política de seguridad de la información clasificada nacional y de la información sensible de Interior. Quién clasifica Consejo de Ministros como órgano oficial; en Interior, práctica centralizada en la Secretaría de Estado. Once cargos políticos de Interior (ministro, Secretaría de Estado, Subsecretaría, SGIP, DGP, DGGC, DGCyE, CITCO, SG de Sistemas de Información y Comunicaciones, direcciones adjuntas). Categorías principales Secreto, Reservado, Confidencial, según la Ley de Secretos Oficiales y el Acuerdo de 1986. Confidencial y Difusión limitada (para información clasificada nacional), más una nueva escala de "información sensible". "Información sensible" No existe como categoría jurídica específica; se opera con el paraguas general de materias clasificadas. Se crea la categoría con tres niveles: uso oficial, uso interno y uso público. Plazos de restricción Derivan de la Ley de Secretos y decisiones gubernamentales; sin régimen interno detallado en Interior. Para la sensible de uso oficial: 5 años prorrogables dos veces (hasta 15 años); otros casos, a concretar en la orden. Principio de acceso interno Sin política interna unificada; decisiones más casuísticas y concentradas en la cúpula. Principio de “necesidad de conocer” como regla general para acceder a información clasificada y sensible. Ámbito de aplicación Materias que el Consejo de Ministros declara secretas o reservadas. Toda la información clasificada nacional que maneje Interior y un amplio perímetro de información "sensible" por decisión política. Control parlamentario El régimen general de secretos se fija por ley y acuerdo de Consejo de Ministros; sin desarrollo interno propio. El nuevo sistema se aprueba por orden ministerial, sin debate parlamentario previo ni rango de ley específico.

Además, para controlar los datos la orden ministerial crea un Servicio de Protección de la Información Clasificada (SPIC), con un servicio central, servicios generales y servicios locales. Y designa a la persona titular de la Dirección General de Coordinación y Estudios la nueva función de director de Seguridad del Servicio de Protección (DSSP).

Más discrecionalidad

A las motivaciones generalistas de "intereses de España" se añade una capa de mayor discrecionalidad. Y es que la orden ministerial otorga poderes para clasificar información a un largo número de cargos políticos.

El nuevo texto amplía de forma notable la lista de responsables con capacidad para reducir o anular la transparencia en Interior.

Hasta ahora, esa función se centra en la Secretaría de Estado de Seguridad, en aplicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de noviembre de 1986, como gran filtro interno, según la franquista Ley de Secretos Oficiales, de 1968, aún vigente.

Con la nueva orden, esa responsabilidad se reparte entre 11 instancias, todas ellas de elección política.

Para empezar, el ministro, la Secretaría de Estado, la Subsecretaría, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, la Dirección General de la Policía, la de la Guardia Civil, la de Coordinación y Estudios, el CITCO.

Y además, la Subdirección General de Sistemas de Información y Comunicaciones para la Seguridad, la dirección adjunta de Policía y la de la Guardia Civil.

Sin garantías

La orden no solo clasifica información. También decide quién puede verla. El criterio que establece la norma es el llamado principio de "necesidad de conocer".

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Es decir, sólo accede a un expediente confidencial, limitado o sensible quien acredite que lo necesita para una tarea concreta. Y la decisión sobre si esa necesidad existe o no recae en los mismos 11 cargos políticos.

Ciudadanos, medios de comunicación y representantes parlamentarios no tienen ninguna vía directa para acceder a los expedientes afectados. Una solicitud a través del Portal de Transparencia puede ser denegada, sin más explicación.

Y los órganos externos de control sólo pueden acceder si existe una obligación legal expresa que lo imponga. La orden ministerial no abre ninguna ventana adicional.

Además, no figura en el documento sometido a información pública ningún procedimiento previsto para impugnar una clasificación, ni plazos de respuesta ni los recursos disponibles: se reservan para el articulado de la orden, que aún no es público.

Es decir, que el Gobierno aprobará el sistema sin que se conozca si incluirá alguna garantía de transparencia.

Y todo ello preocupa a juristas especializados en transparencia, citados por las fuentes parlamentarias, que ven un riesgo claro de "clasificación defensiva" ante peticiones incómodas de información.

El principio de "necesidad de conocer", que la orden invoca como criterio básico para acceder a los documentos clasificados o sensibles, puede utilizarse para restringir incluso la circulación interna de expedientes.

Entre otras cosas, porque la orden no abre la puerta a órganos externos de control, salvo que medie una obligación legal expresa.

La oposición acusa de "opacidad"

Fuentes parlamentarias del Partido Popular consultadas por EL ESPAÑOL enmarcan esta maniobra en un "patrón de opacidad creciente" en el departamento de Marlaska.

Recuerdan que el Gobierno acumula "récords de reclamaciones" ante el Consejo de Transparencia por denegar información sobre gastos, viajes oficiales o contratos, y señalan directamente al Ministerio del Interior como uno de los más opacos.

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"Después de los escándalos por la desaparición del expediente policial de un diputado del PSOE, la gestión de Barbate o la destitución de mandos incómodos", apuntan estas fuentes, "ahora lo que pretenden es blindar normativamente el acceso a casi todo lo que pasa en Interior".

La memoria de la orden admite que no se ha realizado una consulta pública previa, amparándose en que la norma "no tiene impacto económico significativo" ni crea nuevas cargas administrativas.

Sin embargo, la implantación de un nuevo sistema de control informático de datos implica más controles, más formación y más tecnología para gestionar las nuevas categorías de confidencialidad.

De este modo, la tramitación "por la puerta de atrás", sin debate previo en el Congreso al tratarse de una orden ministerial, alimenta la sospecha de que el Gobierno busca reforzar su control de la información sensible "en un momento de máxima presión judicial" sobre el entorno político, personal y familiar de Pedro Sánchez.

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