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Misma baja pero distinta factura y derechos: por qué los autónomos 'enferman' cuatro veces menos que los asalariados

Misma baja pero distinta factura y derechos: por qué los autónomos 'enferman' cuatro veces menos que los asalariados
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Un trabajador medio sufre una merma de casi 1.000 euros por mes de ausencia y sin mejoras por convenio, un recorte al que el emprendedor suma la cuota a la Seguridad Social más costes de su negocio
Misma baja pero distinta factura y derechos: por qué los autónomos 'enferman' cuatro veces menos que los asalariados

Un trabajador medio sufre una merma de casi 1.000 euros por mes de ausencia y sin mejoras por convenio, un recorte al que el emprendedor suma la cuota a la Seguridad Social más costes de su negocio

Regala esta noticia Añádenos en Google Local cerrado por enfermedad. (Carlos Espeso)

José A. González

13/07/2026 Actualizado a las 00:16h.

Javier sale del centro de salud con un parte de baja. Lleva días encontrándose mal y el médico le confirma que necesita parar. Carla sale ... con otro: una lesión en la rodilla le impide moverse con normalidad por la joyería que regenta desde hace años. Los dos tienen una enfermedad común pero, desde ese momento, sus bajas empiezan a distanciarse...

La protección de los autónomos, hasta hace no tanto muy escasa, se ha ido acercando con el tiempo a la de los asalariados. Un hito importante se logró el año 2004, cuando los trabajadores por cuenta propia empezaron a cobrar la prestación por enfermedad común desde el cuarto día de baja, igual que los trabajadores por cuenta ajena. Antes, con carácter general, el derecho nacía a partir del día 15. Más tarde, desde 2008, la cobertura por incapacidad temporal pasó a ser obligatoria para la mayoría de los autónomos. Sin embargo, las diferencias entre ambos tipos de trabajadores siguen siendo notables.

El asalariado puede cobrar más si su convenio colectivo complementa la prestación, en un porcentaje e incluso hasta el 100% del salario, algo que recogen la inmensa mayoría de convenios colectivos. El autónomo, en cambio, cobra según su base de cotización, sin complementos de convenio. Además, durante los primeros 60 días de baja, el trabajador por cuenta propia sigue abonando su cuota de autónomos. Solo desde el día 61 esa cotización deja de recaer sobre él y pasa a ser asumida por la mutua o la entidad gestora mientras dure la incapacidad temporal.

El autónomo durante los primeros 60 días sigue pagando cuota y mantiene gastos fijos del negocio

En el caso de Javier, no hay complemento de convenio. Su base reguladora es de 2.337 euros al mes, la base media de cotización de los asalariados. Con esa referencia, la diaria ronda los 77,90 euros. Durante los tres primeros días de baja no cobra prestación. Entre el día 4 y el 20 percibe el 60% de la base, unos 794,58. Y entre el día 21 y el 30, el 75%, otros 584,25. En total, durante el primer mes ingresaría alrededor de 1.378,83 euros.

Carla cobraría exactamente la misma prestación si cotizara por esa misma base y su baja fuera también por enfermedad común: 1.378,83 euros durante el primer mes. Pero ahí termina la igualdad. Para Javier, esa cantidad es el ingreso que le queda durante la baja. Para Carla, no. La autónoma recibe la misma prestación, pero de ahí tiene que seguir sosteniendo la tienda. La persiana puede bajar, pero las facturas no se detienen: alquiler del local, luz, agua, internet, teléfono, gestoría, seguro y otros gastos mínimos. A eso se añade la cuota de autónomos, que durante los primeros 60 días de baja sigue pasando.

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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