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Multa de 10.000 euros por emplear en negro a su nuera mientras cobraba el paro: «Solo estoy de visita»

Multa de 10.000 euros por emplear en negro a su nuera mientras cobraba el paro: «Solo estoy de visita»
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Una inspección de Trabajo pilla a la mujer vestida como el resto de la plantilla y contando las propinas del bar
Multa de 10.000 euros por emplear en negro a su nuera mientras cobraba el paro: «Solo estoy de visita»

Una inspección de Trabajo pilla a la mujer vestida como el resto de la plantilla y contando las propinas del bar

Regala esta noticia Añádenos en Google Una camarera sirve los platos a unos clientes. (SUR)

Susana Zamora

02/09/2026 a las 13:54h.

Pasaban las 11.30 horas cuando un subinspector de Trabajo entró en el bar que regentaba para realizar un control rutinario. En una esquina de ... la barra encontró a una mujer vestida de negro, igual que el resto de los empleados, contando las monedas del bote de las propinas. Ella aseguró que no trabajaba allí y que había acudido de visita porque era la pareja del hijo del propietario. Sin embargo, el relato que ofreció el dueño del negocio, que se encontraba en la cocina, fue otro: «Era su primer día de trabajo y estaba de prácticas».

Durante la visita, el dueño del bar explicó al funcionario que la documentación necesaria para tramitar el alta de la mujer se encontraba en la asesoría. En aquella visita, el inspector no pudo hacer todas las comprobaciones y dejó una citación para que la empresa entregara los contratos laborales, las nóminas y el registro de jornada.

El asesor aportó la documentación solicitada y confirmó que tenía desde hacía tiempo los papeles para formalizar la incorporación. No obstante, según consta en el acta, finalmente no realizó la gestión «por orden del titular de la empresa». La consulta de los archivos de la Tesorería General de la Seguridad Social reveló que la mujer no figuraba de alta. También permitió comprobar que cobraba el paro desde hacía tres meses.

Caso recurrido

La Inspección propuso una multa de 10.001 euros por una infracción muy grave, fijada en su grado mínimo. El propietario presentó un recurso de alzada, pero fue rechazado y el caso acabó en el juzgado. Ante el Superior de Justicia, el hombre insistió en que la joven no estaba trabajando. Alegó que el subinspector únicamente la había visto contar monedas, pero no servir comidas, cobrar a los clientes ni recoger las mesas. También pidió que se modificara el relato de hechos probados para eliminar cualquier referencia a que se trataba de su primera jornada o que estaba haciendo prácticas.

Sin embargo, para los magistrados, la petición no se apoyaba en un documento capaz de demostrar una equivocación, sino en la interpretación que el propio empresario hacía del acta. Para cambiar los hechos declarados probados, explica la resolución, la prueba debe revelar el error de manera «clara, evidente, directa y patente», sin necesidad de acudir a conjeturas.

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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