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Novedades en las normas de circulación: prohibición de patinetes eléctricos a menores de 15 años y casco obligatorio para 'riders'

Novedades en las normas de circulación: prohibición de patinetes eléctricos a menores de 15 años y casco obligatorio para 'riders'
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El Consejo de Ministros ha aprobado este miércoles una modificación del Reglamento General de Circulación
Novedades en las normas de circulación: prohibición de patinetes eléctricos a menores de 15 años y casco obligatorio para 'riders'

El Consejo de Ministros ha aprobado este miércoles una modificación del Reglamento General de Circulación

Regala esta noticia Añádenos en Google Usuarios de patinetes eléctricos, por las calles de Sevilla. (EP)

Lorena Gamarra y Guillermo Rodríguez

23/06/2026 Actualizado a las 13:59h.

Los menores de 15 años no podrán conducir patinetes eléctricos y los usuarios de esa edad tendrán que llevar obligatoriamente casco. El Consejo de Ministros ... ha aprobado este miércoles una modificación del Reglamento General de Circulación que recoge estas medidas y otras que afectan a los conductores de otros vehículos.

El casco también será de uso obligatorio para para 'riders', que tendrán que ir equipados, además, con chaleco reflectante para una mayor visibilidad.

Además, por primera vez, la norma recoge una definición de «usuario vulnerable de la vía», que se define como «aquel que, por razón del medio de desplazamiento que utiliza o por las características físicas del grupo de edad al que pertenece, tiene un mayor riesgo de sufrir lesiones en caso de accidente de tráfico o que éstas sean de mayor gravedad».

Cambios para los patinetes eléctricos

La nueva norma fija en 15 años la edad mínima para conducir un patinete eléctrico y los usuarios deberán deberán utilizar casco de protección obligatorio y chaleco reflectante de noche o en situaciones de escasa visibilidad; los profesionales «deberán utilizarlo en todo momento». Ambas son una infracción grave con sanción económica de 200 euros.

Por otro lado, estos vehículos deberán llevar siempre encendido el alumbrado y fuera de los núcleos urbanos «se puede permitir la circulación por vías segregadas de vehículos a motor, como vías ciclistas o carriles bici».

Casco obligatorio para los ciclistas

En cuanto a los ciclistas, se suprimen las exenciones de uso del casco y todos deberán llevarlo en vías interurbanas. Los 'riders' que circulen en bicicleta «deberán hacer uso en todo momento de casco de protección y chaleco reflectante». Ambas situaciones son una infracción grave con sanción económica de 200 euros.

Sobre los adelantamientos, la nueva norma establece que el conductor en una vía interurbana deberá reducir la velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite existente en la vía.

Los coches tendrán que adelantar a los ciclistas rebajando en 20 km/h la velocidad máxima de la vía

Además, en calzadas con más de un carril por sentido, el conductor que adelanta debe cambiar completamente de carril, además de dejar la separación lateral de 1,5 metros. En vías urbanas circularán preferentemente por el centro del carril y los conductores de vehículos a motor deberán dejar una separación mínima de 5 metros con los ciclistas que les precedan en el mismo carril.

En aquellas de un solo carril donde esté limitada la velocidad a 30 km/h o inferior, y previa señalización, la autoridad municipal podrá permitir la circulación de las bicicletas en los dos sentidos de circulación.

Se permite a las motos circular por el arcén

En cuanto a las motocicletas, es obligatorio el uso de guantes de protección para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores en vías interurbanas y calzado cerrado en todo tipo de vías. Ambas son una infracción grave cuya sanción económica es de 200 euros.

Los 'riders' en motocicleta deberán llevar chaleco reflectante en todo momento

Se permite la circulación de motocicletas por el arcén derecho cuando exista congestión del tráfico, sin exceder la velocidad de 30 km/h y previa señalización del tramo.

Los cascos de protección de los usuarios de ciclomotores tendrán que estar obligatoriamente homologados y no simplemente certificados. Los 'riders' que desarrollen su actividad profesional en motocicleta deberán llevar chaleco reflectante en todo momento. Es una infracción grave con sanción económica de 200 euros.

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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