El Supremo decidirá en breve si admite el recurso de la Junta contra sentencia que anula el proyecto de esta obra adjudicada por 104 millones, clave para evitar multas de la UE por vertido
Regala esta noticia Añádenos en Google Terrenos sobre los que se iba a emplazar la depuradora Norte. (SUR) 19/05/2026 a las 23:32h.El futuro de la mayor infraestructura hidráulica en obras en Andalucía es cada vez más negro. Mientras el Tribunal Supremo debe decidir si admite el ... recurso de casación interpuesto por la Junta de Andalucía tras la sentencia de junio pasado que anulaba el proyecto, el TSJA ha tumbado las expropiaciones en otra sentencia a la que ha tenido acceso SUR.
Nulo el levantamiento de actas previas
El alto tribunal andaluz ha declarado nulo el acto administrativo de la Junta de Andalucía que convocaba el levantamiento de actas previas a la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa para la construcción de la depuradora.
A raíz de la propia sentencia de junio
El fallo, del cual ha sido ponente el magistrado Manuel López Agulló, fundamenta la decisión de tumbar las expropiaciones en que el instrumento jurídico principal que les daba cobertura ya fue anulado previamente en los tribunales. La resolución judicial recoge que la misma Sala dictó una sentencia previa con fecha de 16 de junio de 2025 en la que se estimó la impugnación de la misma asociación de vecinos, anulando y dejando totalmente sin efecto el referido proyecto y anteproyecto de la EDAR. Al carecer de validez la norma de cobertura original, el TSJA determina que la fase expropiatoria derivada debe también decaer.
Claves jurídicas: medio ambiente y costes
El texto judicial rememora los fundamentos jurídicos que propiciaron la caída del proyecto de la depuradora. En ellos, se evidencia que la Consejería de la Junta de Andalucía seleccionó la ubicación de la Vega de Mestanza basándose en motivos exclusivamente económicos, al considerar que era la opción más barata tanto por la longitud de los colectores necesarios como por el coste de las expropiaciones frente a otras alternativas analizadas.
Sin embargo, el tribunal destaca que la Administración Autonómica incumplió la Ley de Evaluación Ambiental al omitir un estudio medioambiental riguroso sobre el resto de las alternativas de ubicación. El dictamen judicial enfatiza que la zona afectada es 'Kilómetro Cero del Sur de Europa del Corredor Biológico Mundial'.
El impacto ambiental fue un mero trámite
El texto añade, además, que, al desestimarse las demás opciones únicamente por razones de costes económicos y realizarse el estudio ambiental a posteriori solo sobre la parcela elegida, el informe de impacto ambiental quedó reducido al simple cumplimiento de un trámite procedimental para intentar justificar una ubicación predeterminada.
Como consecuencia de la estimación total del recurso de los vecinos, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha impuesto la condena en costas a la Administración Autonómica demandada. Y fija un límite máximo de 2.000 euros más IVA por todos los conceptos. Contra este fallo todavía cabe interponer recurso de casación en un plazo de treinta días hábiles, bien ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo o ante el propio TSJA.
En manos del Supremo
El Tribunal Supremo, de manera indirecta pero decisiva, tiene en su mano el futuro de la depuradora de aguas residuales Norte de Málaga. Debe pronunciarse, como se ha dicho, sobre si procede el recurso de casación de la Junta de Andalucía tras la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que, por mucho resumir, daba la razón a los vecinos de la Vega de Mestanza y las Lomas de Cantarranas en su cruzada contra esta planta, la mayor obra hidráulica adjudicada en estos momentos en Andalucía (104 millones de euros). Mientras, la Unión Europea sigue imponiendo multas por vertido al Guadalhorce: alcanzan ya los 10 millones de euros (incluyendo ya el primer semestre de 2026). Obviamente, salen del erario público. Los primeros proyectos de la planta se remontan a hace 20 años nada menos.
La obra sigue parada. No por el hecho de que la sentencia del TSJA obligara a ello, sino por sentido común: el Gobierno andaluz decidió en verano pasado detener una actuación costosa y de calado, movido por el contexto y perspectivas judiciales.
¿Qué es la EDAR Norte?
La EDAR Norte vendría a tratar las aguas residuales de Alhaurín de la Torre, Alhaurín El Grande Cártama y las nuevas áreas de desarrollo de Málaga capital. No hay que confundir esta futura instalación con la gran depuradora del Guadalhorce, en la capital, que trata las aguas residuales también de Torremolinos. Ni con la del Bajo Guadalhorce, ya en marcha, y que trata a Coín y Pizarra. La primera la gestiona Emasa y factura a terceros el servicio prestado. La segunda, la gestiona el Consorcio Provincial de Aguas, de la Diputación. En teoría, la futura EDAR Norte sería gestionada por Emasa también a la espera de concretar la fórmula jurídica y el devenir de los acontecimientos judiciales.
La futura EDAR Norte fue adjudicada a finales de 2021 a la unión de empresas Aquambiente-Dinotec-Sando por 104 millones de euros, con el IVA incluido, y un plazo de ejecución de 36 meses. La idea era la de fasear los trabajos y multiplicar equipos para dar respuesta primero a los vertidos motivo de sanción.
La EDAR Norte fue adjudicada a finales de 2021 a la unión de empresas Aquambiente-Dinotec-Sando por 104 millones, con el IVA incluido, y un plazo de ejecución de 36 meses
En síntesis, de poco han servido de momento las mejoras técnicas realizadas por la Junta en el proyecto, que incluían una reducción del 34% de la huella física de la planta; mejoras en los terciarios; tratamiento de los fangos fuera del ámbito elegido; ampliaciones posibles sin necesidad de más suelo... El futuro sobre esta infraestructura clave es más que incierto. Huelga decir que, si hay que buscar otros suelos y volver a tramitar el proyecto desde el principio, las multas seguirían incrementándose durante no menos de cinco años.
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