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Prisión para una enfermera por acceder en dos años a 150 historiales clínicos de la pareja del hombre con el que tenía una relación y su familia

Prisión para una enfermera por acceder en dos años a 150 historiales clínicos de la pareja del hombre con el que tenía una relación y su familia
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Los jueces subrayaron que no se procedió por parte del Servicio Nacional de Salud «a un adecuado control con respecto a sus profesionales en los accesos a los expedientes»

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Prisión para una enfermera por acceder en dos años a 150 historiales clínicos de la pareja del hombre con el que tenía una relación y su familia

Los jueces subrayaron que no se procedió por parte del Servicio Nacional de Salud «a un adecuado control con respecto a sus profesionales en los accesos a los expedientes»

Susana Zamora

Martes, 17 de marzo 2026, 11:56

... una relación, la hermana y la hija. Ese es el balance de un caso que ha acabado con una condena de cárcel para una enfermera. El Superior de Justicia de Navarra ha rebajado de 5 a 3 años la pena de prisión para esta profesional sanitaria que, entre 2018 y 2020, accedió a todos estos expedientes. La Sala de lo Civil y Penal del TSJN considera como «muy cualificada» la atenuante de dilaciones indebidas que ya estimó el tribunal de instancia, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, en la sentencia dictada el pasado diciembre.

En la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, el Tribunal rebaja de 20 meses a 12 de prisión la pena impuesta por la Audiencia por cada uno de los tres delitos continuados de revelación de secretos. También reduce el total de la multa de 4.860 euros a 3.780 euros, así como la inhabilitación profesional de 13 años y 6 meses a 9 años.

La Audiencia, que condenó a la enfermera a indemnizarlas con 15.000, 6.000 y 4.000 euros, respectivamente, declaró la responsabilidad patrimonial subsidiaria del Servicio Navarro de Salud (SNS). En los hechos probados de la sentencia de instancia, que el Tribunal Superior mantiene en su integridad, los jueces subrayaron que no se procedió por parte del SNS «a un adecuado control con respecto a sus profesionales en los accesos a las historias clínicas» de estas tres mujeres.

Atenuantes

En su sentencia, la Sección Segunda de la Audiencia apreció dos atenuantes, la de reparación del daño, puesto que previamente a la celebración del juicio la procesada había consignado 10.000 euros (la cantidad solicitada por la fiscalía) para abonar la responsabilidad civil; y la de dilaciones indebidas, ambas calificadas como «simples».

En su recurso, la defensa solicitó al TSJN que reconociese la atenuante de dilaciones indebidas como «muy cualificada» y no como «simple», lo que conllevaría una reducción de la pena. Tanto la fiscalía como la acusación particular se opusieron.

Al respecto, la Sala de lo Civil y Penal ve plazos «de larga duración» en la fase intermedia de la tramitación de la causa, en donde «sí que existe una paralización muy extraordinaria del procedimiento, ya que, una vez finalizada la fase de instrucción en el año 2021, las actuaciones intermedias para la apertura de juicio oral y evacuación del escrito de defensa se han dilatado de forma muy extraordinaria, en su mayor tiempo por causa debida a la inactividad procesal no justificada, que hace que debamos amparar y dar la naturaleza de muy cualificada a la atenuante de dilaciones indebidas».

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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