Acceder a un puesto de responsabilidad implica una metamorfosis jurídica, funcional y personal para la que hace falta algo más que un aumento de sueldo. El profesional pasa de sujeto protegido a sujeto responsable, una transformación que puede cambiar su vida.
Preparado para dedicar hasta el 80% de su jornada laboral a reuniones? Si su respuesta es afirmativa cumple uno de los requisitos para acceder a la alta dirección. La carrera profesional no está exenta de desafíos y la gran prueba de fuego se produce cuando llega el momento de pasar de hacer lo que se le manda a mandar lo que se hace. En estos casos es habitual que surja un fenómeno que ya identificó hace años la Universidad de Harvard. Se trata del Principio de Peter: las personas son ascendidas por su excelencia hasta que alcanzan un nivel de incompetencia. Por ejemplo, ser el mejor ingeniero o informático no le convierte en el mejor CISO. Dave Ulrich, considerado el padre de los recursos humanos modernos y profesor de la Universidad de Michigan, dice que entender el liderazgo no es algo que eres, sino algo que das. Asegura que la transformación de identidad de un profesional cuando asume un cargo directivo no es un cambio de estatus, sino de propósito. Al ascender en la escala jerárquica, un empleado cambia de identidad: si hasta ese momento se definía por su competencia -soy ingeniero, contable o experto en ciberseguridad-, cuando acepta un ascenso su identidad debe reflejar lo que el cliente, el inversor o el empleado necesitan... La cuestión ahora es qué valor debe generar para que los demás tengan éxito. Pasa de dar las respuestas a crear la estructura para que otros las encuentren.
Cambio profesional
Más allá de la adaptación al nuevo cargo y responsabilidades que define Ulrich, existe una letra pequeña, una trastienda legal que el profesional debe tener en cuenta antes de firmar su primer contrato como alto directivo. Carlos Recarte, socio director de Recarte&Fontenla executive search, explica que dar el salto a la primera posición directiva exige negociar mucho más que un salario y un título: "Antes de firmar, el profesional debería entender cuál es el mandato real que la compañía espera de él". Subraya que, además, debe preguntar por qué existe la vacante, qué ocurrió con su antecesor y qué se espera que haga de forma diferente. "Es fundamental concretar qué tendría que haber conseguido en los primeros 12 o 18 meses para considerar exitosa la incorporación", afirma Recarte.
Antes de firmar el contrato
Cuando un profesional recibe la llamada de un cazatalentos para valorar su candidatura a un puesto de alta dirección, también recibe el chute de autoestima por estar entre los elegidos y por el salto económico que se avecina. Ante la perspectiva de pasar de un sueldo de 120.000 euros anuales a superar los 500.000 puede caer en la trampa del brillo, sin caer en la cuenta de que puede quedarse desnudo ante las contingencias legales y responsabilidades. José Ignacio Jiménez, socio de Talengo, advierte de que "el innegable atractivo del nuevo cargo, el prestigio y el notable incremento salarial suelen cegar al candidato frente a la severa desprotección legal que asume".
Jiménez recuerda que al firmar un contrato de alta dirección, regulado por el Real Decreto 1382/1985 de 1 de agosto, la relación se fundamenta exclusivamente en la confianza mutua, lo que habilita a la compañía a ejecutar el "desistimiento empresarial". Eso significa que se permite el despido repentino sin necesidad de justificar ninguna causa objetiva. Esta nueva realidad jurídica reduce drásticamente las indemnizaciones legales a un mínimo de siete días por año trabajado con un tope de seis mensualidades, dejando al directivo en un estado de absoluta vulnerabilidad económica frente a los treinta y tres días del régimen ordinario. "La mejor negociación para una futura salida debe realizarse exactamente el mismo día en que se firma la entrada a la compañía", asegura el socio de Talengo. Añade que si no se hace, el profesional se arriesga a perder su antigüedad y años de protección: "Hay que negociar un paracaídas, bonos, retención a largo plazo y cláusulas de no competencia". Aconseja acudir a la firma de contrato acompañado con un abogado laboralista experto que ayude a estructurar blindajes efectivos, negociar golden parachutes, mantener la antigüedad previa y definir bien las compensaciones.
La letra pequeña
El despacho de abogados Maio Legal ha elaborado un informe que recoge el ciclo de vida completo de los cargos directivos desde su nombramiento hasta su cese. Antes de dar el sí quiero a un puesto directivo califica de fundamental documentar los ingredientes del paquete de compensación: sueldo fijo con incentivos variables -alguno de ellos sofisticados-, beneficios sociales y coberturas por expatriación.
También conviene formalizar por escrito los pactos contractuales orientados a proteger la organización. Por ejemplo, deber de exclusividad, los compromisos de permanencia vinculados a formación especializada y los pactos de no concurrencia poscontractual.
La responsabilidad
No menos importante que toda la burocracia es establecer las responsabilidades que se asumen en el nuevo puesto y la autonomía que adquiere el profesional en el nuevo cargo. Recarte explica que es importante identificar qué decisiones podrá tomar directamente en el puesto que asume, cuáles dependerán de un superior, del consejo y de otras áreas. "También debe quedar claro qué responsabilidad asumirá y, sobre todo, qué autoridad tendrá realmente para ejercerla", apunta.
Otra cuestión que hay que debatir antes de aceptar el puesto es saber qué equipo, compromisos, proyectos y problemas se heredan al asumir el puesto. "Si se espera una transformación, debe existir margen real para cambiar prioridades, estructura o incorporar talento", aclara Recarte. Concluye que el contexto empresarial también influye en la decisión de dar a un puesto de alta dirección: "No es lo mismo dirigir en una empresa familiar, una multinacional, una start up o una compañía en transformación".
La nueva vida laboral
- Un alto directivo destituido sin causa cobra casi cinco veces menos por año trabajado que un empleado ordinario despedido de forma improcedente. El directivo tiene derecho a 7 días de salario por año con un tope de seis mensualidades, en el caso de un trabajador ordinario son 33 días con un máximo de 24 mensualidades.
- Las indemnizaciones por cese están exentas en IRPF hasta 180.000 euros, pero con matices. Por desistimiento el mínimo legal es de 7 días por año con tope de seis mensualidades; por despido improcedente, 20 días con tope de doce. El exceso tributa como rendimiento del trabajo. En el sector público, el techo es aún más bajo: 7 días por año y preaviso máximo de 15 días, igual que el mínimo privado por desistimiento.
- Cesar en el cargo no extingue todas las obligaciones. Los pactos de no concurrencia pueden limitar la actividad profesional del directivo hasta dos años tras el cese, con compensación económica obligatoria. La confidencialidad y la protección de secretos empresariales también permanecen vigentes. En caso de incumplimiento genera responsabilidad económica directa.
- Un directivo puede dejar de ser trabajador al ser nombrado consejero. La teoría del vínculo, consolidada por el Tribunal Supremo desde 1988, establece que el vínculo mercantil absorbe al laboral. Esto quiere decir que el directivo que simultáneamente forma parte del órgano de administración pierde el acceso a la jurisdicción social y debe resolver sus conflictos ante la jurisdicción civil.
- El contrato de alta dirección define la salida desde el primer día. El periodo de prueba no puede superar los nueve meses. Si un empleado asciende a alto directivo y firma un nuevo contrato que reemplaza al anterior, este cambio no es totalmente definitivo hasta pasados dos años. Para rescindir el contrato, se debe dar un preaviso mínimo de tres meses, que puede ampliarse a seis si el contrato es indefinido o dura más de cinco años.
- Los deberes de diligencia y lealtad tienen consecuencias patrimoniales reales. Su incumplimiento puede derivar en reclamaciones frente a la sociedad, los socios o terceros, inhabilitación para ejercer cargos directivos o condena a cubrir el déficit concursal con patrimonio propio. La Business Judgment Rule protege al directivo que actúa de buena fe y con asesoramiento documentado.
- Tener seguro D&O no equivale a estar protegido. Esta póliza de responsabilidad civil está diseñada para proteger el patrimonio personal de los administradores, consejeros y altos directivos frente a reclamaciones derivadas de sus decisiones o actos de gestión. Cubre defensa jurídica, fianzas e indemnizaciones, pero excluye conductas dolosas, fraudes y multas. Su cobertura real depende de cada póliza: conviene revisarla antes de asumir el cargo.
Fuente: Maio Legal