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Quinta causa penal contra Alvise por presuntas amenazas a un alcalde del PP

Quinta causa penal contra Alvise por presuntas amenazas a un alcalde del PP
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El Supremo admite a trámite la querella del regidor de Algeciras José Ignacio Landaluce contra el eurodiputado, quien le advirtió con difundir comportamientos presuntamente delictivos

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Luis 'Alvise' Pérez a su entrada en el Tribunal Supremo para declarar por una de las causas abiertas. EFE Quinta causa penal contra Alvise por presuntas amenazas a un alcalde del PP

El Supremo admite a trámite la querella del regidor de Algeciras José Ignacio Landaluce contra el eurodiputado, quien le advirtió con difundir comportamientos presuntamente delictivos

Mateo Balín y Melchor Sáiz-Pardo

Jueves, 19 de marzo 2026, 15:12 | Actualizado 15:19h.

... raíz de una denuncia en su contra presentada por el alcalde de Algeciras José Ignacio Landaluce, del Partido Popular, por presunto delito de amenazas. La Sala Segunda argumenta que, según los mensajes recogidos en el escrito del regidor gaditano, Alvise habría amenazado con difundir públicamente audios, documentos y capturas de conversaciones sobre comportamientos presuntamente delictivos de Landaluce, «vinculando de manera explícita la no ejecución de esa difusión a la dimisión de su cargo de Alcalde».

El tribunal ha designa instructor, conforme al turno establecido, para esta nueva causa al magistrado Antonio del Moral. La querella de Landaluce se formuló por delito de coacciones y por delito de amenazas condicionales con carácter subsidiario, y la Sala, según indica en un auto, ha apreciado indicios de este segundo ilícito penal.

«El relato contenido en la querella, unido a la documentación aportada, singularmente las capturas de pantalla y certificaciones electrónicas relativas a las publicaciones efectuadas en el canal público de Telegram gestionado por el querellado, permite apreciar, en esta fase preliminar y sin prejuzgar la calificación definitiva, la concurrencia de indicios racionales de un posible delito de amenazas condicionales del artículo 169.1 del Código Penal», señalan los magistrados.

Para el Supremo, de los mensajes reproducidos en la querella se desprende, indiciariamente, que Alvise habría anunciado de forma expresa y reiterada la difusión pública de audios, documentos y capturas de conversaciones en los que se atribuirían al querellante comportamientos presuntamente delictivos o gravemente deshonrosos, vinculando de manera explícita la no ejecución de esa difusión a la dimisión del querellante de su cargo.

Según el auto, la estructura condicional del anuncio, la referencia a la disponibilidad de los materiales y la fijación incluso de plazos temporales para su eventual publicación permiten apreciar, en este momento procesal, la concurrencia de los elementos objetivos característicos del delito de amenazas condicionales.

Por el contrario, no aprecia indiciariamente acreditado el delito de coacciones de la querella, que exige una afectación directa e inmediata de la libertad de actuación mediante violencia o intimidación idónea para impedir o compeler. Añade que ello no excluye que el resultado de la instrucción pudiera eventualmente justificar una ulterior reconsideración en cuanto a la calificación jurídica de los hechos.

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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