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Reconocen a una abuela el derecho a ver a su nieta pese a la oposición del padre por rencillas familiares

Reconocen a una abuela el derecho a ver a su nieta pese a la oposición del padre por rencillas familiares
Artículo Completo 427 palabras
La mujer podrá convivir con la menor fines de semana alternos además de determinados períodos vacacionales y comunicaciones telefónicas semanales
Reconocen a una abuela el derecho a ver a su nieta pese a la oposición del padre por rencillas familiares

La mujer podrá convivir con la menor fines de semana alternos además de determinados períodos vacacionales y comunicaciones telefónicas semanales

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Rossel Aparicio

Málaga

07/06/2026 a las 23:58h.

La Justicia ha dado la razón a una abuela materna que pretendía mantener los vínculos y las visitas con su nieta pese a la oposición ... tajante del padre de la menor. La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado esta semana la sentencia que reconoce a esta abuela el derecho a ver a su nieta y ha desestimado el recurso presentado por el progenitor de la menor, que solicitaba la supresión o, subsidiariamente, la reducción del régimen de visitas concedido.

Negativa del padre

El padre de la menor, que nació en 2014, alegaba que la pretensión de la abuela venía a ampliar el régimen de visitas de la madre, cuyo contacto con la menor se encuentra limitado judicialmente debido a problemas de adicciones. También sostenía el progenitor que su relación con la familia materna era conflictiva.

«No debemos olvidar que a quién se juzga en este caso es a la abuela, no a la madre, y en ningún caso la abuela ha sido la causa de los problemas de su hija. Se intenta justificar la mala relación existente entre los miembros de la familia extensa materna», resalta la sentencia que estipula que la menor podrá salir de la vivienda con su abuela y resto de familiares, «pero nunca en compañía de su madre, lo que podría dar lugar a la suspensión de dicho régimen de visitas si la abuela incumpliera dicha condición».

El escrito rechaza los argumentos del progenitor y señala como «mera especulación» atribuir a la abuela la intención de ampliar o modificar el régimen de visitas que tiene reconocido la madre de la menor.

La Sala destaca igualmente que cualquier limitación de las relaciones del menor con hermanos, abuelos, parientes o allegados «no podrán impedirse sin justa causa». Señala, además, el papel que desempeñan los abuelos «de cohesión y trasmisión de valores en la familia». En casa de la abuela la menor coincide, además, con un hermano menor por parte de madre y con un tío suyo

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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