- EXPANSIÓN
EXPANSIÓN y el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF-CGE) explican cómo incluir en la declaración los premios obtenidos en sorteos o loterías.
Los siguientes premios no se declaran en la Renta, aunque sí están sujetos a tributación por el gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas:
- Los premios obtenidos de las loterías y apuestas organizadas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado y por los órganos o entidades de las comunidades autónomas.
- Los premios obtenidos de los sorteos organizados por la Cruz Roja Española.
- Los premios obtenidos de las modalidades de juegos autorizadas a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE).
- Los premios organizados por organismos públicos o entidades que ejerzan actividades de carácter social o asistencial sin ánimo de lucro establecidos en otros Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y que persigan objetivos idénticos a los de los organismos o entidades antes señalados.
El resto de premios se consideran ganancias patrimoniales y se integran en la base imponible general.
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