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Renta 2026 | Las deducciones de las que te puedes beneficiar si haces estas obras en casa

Renta 2026 | Las deducciones de las que te puedes beneficiar si haces estas obras en casa
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El BOE ha publicado el Real Decreto-ley 16/2025 que prorroga las deducciones del IRPF por actuaciones que buscan mejorar la eficiencia energética en viviendas y edificios residenciales

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Archivo Renta 2026 | Las deducciones de las que te puedes beneficiar si haces estas obras en casa

El BOE ha publicado el Real Decreto-ley 16/2025 que prorroga las deducciones del IRPF por actuaciones que buscan mejorar la eficiencia energética en viviendas y edificios residenciales

Raquel Merino

Málaga

Domingo, 25 de enero 2026, 00:22

... residenciales. Así que si estás pensando realizar actuaciones encaminadas a este fin en tu vivienda habitual o en otra de la que seas titular y tengas alquilada, te puedes beneficiar de una deducción del 20 o del 40 por ciento.

Las deducciones del 20% y 40% se aplican a cantidades satisfechas hasta el 31 de dieciembre de 2026 y hay que aportar un certificado posterior a la obra expedido antes del 1 de enero de 2027. No son válidas para actuaciones efectuadas en plazas de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos similares, ni a la parte de la vivienda asociada a una actividad económica.

Por su parte, las deducciones del 60% se aplica a cantidades satisfechas hasta el 31 de diciembre de 2027 e, igualmente, se debe adjuntar un certificado posterior expedido antes del 1 de enero de 2028. En este caso, sí se asimilarán a viviendas, las plazas de garaje y trasteros que se hubieran adquirido con estas.

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) aclara cuáles son los requisitos que hay que tener en cuenta:

- Se necesitan certificados de eficiencia energética, uno «antes» (emitido y registrado) y otro «después» de la obra. El certificado previo es válido si no han pasado más de dos años entre su fecha de expedición y el inicio de las obras. El certificado posterior determina cuándo se practica la deducción (en el IRPF del ejercicio en que se expide, o en el ejercicio del pago si el certificado se emite después).

- El pago de la obra se tiene que haber efectuado con tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta. No se admiten entregas de dinero en efectivo.

- En caso de recibir una subvención pública para la misma actuación, hay que restarla de la base de deducción.

- Quedan fuera de los elementos susceptibles de deducción los costes de instalar o sustituir equipos que utilicen combustibles de origen fósil como, por ejemplo, una caldera de gas.

Plazos oficiales y bases de deducción

La vigencia se ha ampliado y las deducciones son válidas para obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2026 y, en el caso de edificios residenciales, hasta 2027.

En cuanto a las bases de la deducción, son las cantidades satisfechas por las obras realizadas desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2026 con un máximo de 5.000 euros y un porcentaje de deducción del 20% en el caso de reducción de la demanda de calefacción y refrigeración, y un maximo de 7.500 euros y un porcentaje de deducción del 40% por la mejora en el consumo de energía primaria no renovable.

Si la inversión es grande, caso de rehabilitaciones energéticas en edificios residenciales, si el certificado se ha expedido en el periodo impositivo, se deducirán las cantidades satisfechas desde el 6 de octubre de 2021 hasta la finalización del periodo impositivo, mientras que si el certificado se hubiera expedido en un periodo impositivo anterior solo se deducirían las cantidades satisfechas en el año, en ambos casos con un máximo de 5.000 euros.

Si la cantidad excede de 5.000 euros, la deducción se puede repartir en los cuatro ejercicios siguientes, sin que en ningún caso la base acumulada de la deducción pueda exceder de 15.000 euros.

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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