Pedro Sánchez y Begoña Gómez, este lunes, en Pekín, China. Efe
Tribunales CASO BEGOÑA Sánchez se arriesga a que su mujer se siente ante un jurado popular por cuatro delitos al filo de las eleccionesLa intención del presidente del Gobierno es agotar la legislatura, lo que podría provocar que el juicio a Begoña Gómez fuese poco antes de las generales.
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Javier Corbacho Publicada 14 abril 2026 02:50hLas claves nuevo Generado con IA
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, se arriesga a que su esposa, Begoña Gómez, se siente en el banquillo de los acusados al filo de las próximas elecciones generales.
Si Sánchez no las adelanta, los próximos comicios se celebrarán hacia el verano de 2027.
Como ha repetido una y otra vez pese a la imposibilidad de aprobar los Presupuestos Generales del Estado, la idea de Sánchez es agotar la legislatura.
Y ese plan podría hacer coincidir el futuro juicio a Begoña Gómez con los meses previos a las elecciones generales.
Este lunes, mientras el matrimonio presidencial estaba de viaje oficial en China, trascendió la resolución del juez Juan Carlos Peinado que propone juzgar a la esposa de Sánchez, ante un jurado popular, por cuatro delitos: tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, corrupción en los negocios privados y apropiación indebida.
El juez Peinado finaliza la instrucción y propone juzgar ante un jurado a Begoña Gómez por cuatro delitosAún no existe fecha para que Gómez sea juzgada. De hecho, aún es pronto para saber si, finalmente, la mujer del presidente del Gobierno se sentará o no ante un jurado popular, aunque sí es el escenario más probable.
Por el momento, el juez Peinado ha propuesto que Begoña Gómez sea juzgada. Y ha dado un plazo de cinco días a las acusaciones para decidir si solicitan la apertura de juicio oral o si, por el contrario, piden el archivo de la causa.
Previsiblemente, las acusaciones populares (que están unificadas y lideradas por Hazte Oír) solicitarán que Begoña Gómez se enfrente a un jurado popular.
La Fiscalía, por su parte, pedirá el sobreseimiento de la causa, ya que, desde el inicio del procedimiento, considera que no hay indicios de ningún delito.
No obstante, la resolución de Peinado que propone juzgar a Gómez es recurrible. Tanto el fiscal del caso como los abogados de la mujer de Sánchez y de los otros dos investigados —la asesora Cristina Álvarez y el empresario Juan Carlos Barrabés— pueden impugnarla, ante el propio juez o ante la Audiencia Provincial de Madrid.
De optar por la segunda opción, este tribunal, jerárquicamente superior al instructor, deberá revisar su decisión y decidir si existen indicios de criminalidad como para proponer que Gómez sea juzgada.
Aunque lo habitual es aguardar a que la Audiencia se pronuncie —si es que, finalmente, tiene que hacerlo—, Peinado no tiene la obligación de esperar.
Si las acusaciones populares se muestran a favor de que se juzgue a Begoña Gómez, el juez podría no tardar en dictar el llamado auto de apertura de juicio oral, lo que haría que la esposa de Sánchez estuviera un paso más cerca del banquillo.
Sin embargo, si la Audiencia Provincial madrileña anula la propuesta de que Gómez sea juzgada, ello conllevaría retrotraer las actuaciones. Es decir, desandar estos últimos pasos del proceso judicial, dejando sin efecto la apertura de juicio oral.
Revés a Peinado: la Audiencia le pide "esfuerzo" al concretar por qué investiga a Begoña y anula el procedimiento por juradoLa instrucción del llamado caso Begoña comenzó en abril de 2024. Es decir, ha durado casi dos años. En el caso de Madrid (provincia), un procedimiento entero con jurado podría durar, desde el comienzo de la investigación al juicio, hasta un máximo de cuatro años, de media.
Peinado, por su parte, se jubila este año 2026. El próximo 27 de septiembre, cumple 72 años, la edad máxima para un juez en activo en España.
En un caso como éste, una vez que el juez de instrucción termina la investigación y dicta el auto de apertura de juicio oral, el expediente se envía a la Audiencia Provincial. Este paso suele tardar entre seis meses y un año para que se empiece a organizar la logística del jurado.
Esta figura está compuesta por nueve ciudadanos, legos en Derecho, encargados de decidir sobre la culpabilidad o inocencia de un acusado.
La constitución del jurado exige trámites adicionales de cara al juicio, como el sorteo de los candidatos y la fase de descarte.