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Puerta de la Audiencia Provincial de Alicante. Shootori Seis años de prisión a un manitas por agresión sexual a una menor en AlicanteEl reo era un trabajador especializado en reparaciones domésticas que sometió a tocamientos y otros actos de carácter sexual a la víctima
José Vicente Pérez Pardo
Alicante
Miércoles, 8 de abril 2026, 07:57
... a una menor de edad. El reo era un trabajador especializado en reparaciones domésticas que sometió a tocamientos y otros actos de carácter sexual según indica este fallo a una menor, de 15 años en el momento de los hechos, en una casa en la que habían contratado sus servicios.Tal como explica Todo Alicante y según el relato de hechos probados que recoge la resolución judicial, el hombre realizó tocamientos en el pecho y en las nalgas y trató de besar a la chica sin su consentimiento.
La víctima le rechazó y se fue al sofá para ver la televisión. El condenado repitió los hechos y llegó a introducir la mano bajo el pantalón de la niña y tocarle sus partes íntimas durante varios minutos.
La adolescente le volvió entonces a rechazar y se refugió en una habitación de la casa, pero él la siguió, se echó sobre la cama, continuó con los tocamientos en sus partes íntimas y otros actos de tipo sexual para acabar masturbándose en su presencia.
«La próxima vez que tu madre me llame, traeré condones»
A continuación, el ahora condenado abandonó el domicilio y le dijo: «La próxima vez que tu madre me llame, traeré condones». La progenitora de la víctima denunció los hechos poco después, en cuanto escuchó el relato de su hija, que sufrió una erosión en los genitales.
Durante el juicio oral, celebrado el pasado 2 de febrero en la Audiencia Provincial de Alicante, el entonces procesado negó los hechos e intentó atribuir la denuncia de la madre de la menor al desacuerdo con el precio del trabajo que le asignó, al disgusto de la menor al enterarse de que el hombre tenía pareja o al deseo de las denunciantes de obtener cierta documentación.
Sin embargo, la Sala descarta estos motivos por no considerarlos creíbles y entiende como acreditados los hechos relatados por la menor, cuya declaración define como «creíble» sin apreciar «en la forma de expresión del relato elementos que permitan sospechar de fabulación».
El condenado no podrá acercarse a menos de 500 metros ni comunicarse por ningún medio informático, telemático, escrito, verbal o visual durante 10 años. Además, deberá indemnizar a la menor con 10.000 euros por los daños morales que sufrió a consecuencia de los hechos.
La sentencia, que no es firme y se puede recurrir ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV, establece la sustitución de la pena de prisión por la expulsión del condenado del territorio nacional, cuando éste alcance el tercer grado penitenciario o la libertad condicional.
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